{"id":27526,"date":"2012-12-20T07:57:03","date_gmt":"2012-12-20T07:57:03","guid":{"rendered":"http:\/\/www.buenosairesdiario.com\/?p=27526"},"modified":"2012-12-20T12:04:25","modified_gmt":"2012-12-20T12:04:25","slug":"la-legislatura-aprobo-el-traspaso-del-subte-con-46-votos-afirmativos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/legislaturahoy.com\/?p=27526","title":{"rendered":"La Legislatura aprob\u00f3 el traspaso del subte con 46 votos afirmativos"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/noticiasbaires.com\/wp-content\/uploads\/2012\/12\/ritondo-segovia.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/noticiasbaires.com\/wp-content\/uploads\/2012\/12\/ritondo-segovia-300x220.jpg\" alt=\"\" title=\"ritondo segovia\" width=\"300\" height=\"220\" class=\"alignleft size-medium wp-image-27527\" srcset=\"https:\/\/legislaturahoy.com\/wp-content\/uploads\/2012\/12\/ritondo-segovia-300x220.jpg 300w, https:\/\/legislaturahoy.com\/wp-content\/uploads\/2012\/12\/ritondo-segovia-1024x751.jpg 1024w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a>La Legislatura aprob\u00f3 este mi\u00e9rcoles en sesi\u00f3n extraordinaria el proyecto de traspaso de subtes. Luego de arduas negociaciones con los Metrodelegados y los jefes de los distintos bloques, el Cuerpo logr\u00f3 llegar a un acuerdo para que el gobierno de Mauricio Macri asuma la responsabilidad de los subterr\u00e1neos de forma adecuada.<\/p>\n<p>Con 46  afirmativos y 13 negativos qued\u00f3 sancionada la ley de \u00abregulaci\u00f3n y reestructuraci\u00f3n del Sistema de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterr\u00e1neo en la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires (SUBTE) con el apoyo de los bloques del PRO, Frente para la Victoria, UCR, Nuevo Encuentro , Confianzas P\u00fablica, Bases para la Uni\u00f3n y  Frente Progresista y Popular . Se opusieron la Coalici\u00f3n C\u00edvica, Proyecto Sur, Buenos Aires para Todos y el MST.<\/p>\n<p>En principio, como hab\u00eda adelantado el vicepresidente 1\u00b0 de la Legislatura, Cristian Ritondo, el martes, en conferencia de prensa, el principal problema era el financiamiento \u00abpara hacer que los gastos del subte tengan un ingreso permanente, no s\u00f3lo para el gobierno de (Mauricio) Macri, sino para todos los gobiernos de la Ciudad en el futuro -ya que- \u00abno vamos a desfinanciar el plan de inversi\u00f3n de la Ciudad\u00bb.<\/p>\n<p>Por tal motivo, se decidi\u00f3 ampliar el Programa de Financiamiento en el Mercado Local creado por Ley N\u00ba 4.315, por un importe de hasta 300 millones de d\u00f3lares o su equivalente en pesos y se autoriza al Poder Ejecutivo, \u00aba contraer un empr\u00e9stito p\u00fablico representado por una o m\u00e1s emisiones de t\u00edtulos de deuda por ese importe, seg\u00fan lo determine el Poder Ejecutivo, a trav\u00e9s del Ministerio de Hacienda al momento de la fijaci\u00f3n del rendimiento de los T\u00edtulos. En el caso de que el plazo de endeudamiento de una o m\u00e1s emisiones no supere los 24 meses se autoriza al Poder Ejecutivo a refinanciar dichos vencimientos mediante una nueva operaci\u00f3n de cr\u00e9dito p\u00fablico por un monto equivalente.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, \u00abse crear\u00e1 la Contribuci\u00f3n Especial Ferroviaria (la Contribuci\u00f3n Especial), destinada a contribuir con la prestaci\u00f3n del servicio del Subte, la que ser\u00e1 abonada por todos los usuarios consumidores en oportunidad de abonar los peajes de la Red de Autopistas y V\u00edas Interconectadas de la Ciudad de Buenos Aires\u00bb, seg\u00fan el art\u00edculo N\u00b0 43 del expediente.<\/p>\n<p>La Contribuci\u00f3n Especial que deben abonar los usuarios consumidores es de un 10% del valor del peaje libre de tributos.<\/p>\n<p>Asimismo, el impuesto sobre las naftas fue suprimido y reemplazado por el aumento a los sellos que,  como dice el art\u00edculo N\u00b0 54,\u00bbestablece la al\u00edcuota del 1,00% para los actos, contratos e instrumentos gravados con el Impuesto de Sellos\u00bb.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se incorpor\u00f3 un tributo a Autom\u00f3viles, camionetas rurales, camionetas 4&#215;4, microcoupes, motocicletas, motonetas, ambulancias, autos f\u00fanebres, casa rodante y trailers.  La al\u00edcuota se fija en 3,20%.  Cuando la valuaci\u00f3n fiscal de los veh\u00edculos supere los $150.000 y hasta $200.000 la al\u00edcuota se fija en 4,00%.  Cuando la valuaci\u00f3n fiscal sea mayor a los $200.000 y hasta $300.000 la al\u00edcuota se fija en 4,50%. Cuando la valuaci\u00f3n fiscal sea superior a los $ 300.000 la al\u00edcuota se fija en  5,00%.<\/p>\n<p>La ley determina que el 18,19 % de los recursos recaudados en concepto de patentes sobre veh\u00edculos en general cuando la valuaci\u00f3n fiscal supere los $ 150.000 y hasta $ 200.000, ser\u00e1 destinado al  Fondo del Subte. Cuando la valuaci\u00f3n fiscal supere los $ 200.000 y hasta $ 300.000, ser\u00e1 del  26,27 %, de los recursos recaudados en concepto de patentes  para el Fondo de Subte. Asimismo la norma determina que ser\u00e1 del 32,73 %,  cuando la valuaci\u00f3n fiscal supere los $ 300.000.<\/p>\n<p>El Cap\u00edtulo 1 de la ley crea el Fondo del Sistema de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie Dicho fondo estar\u00e1 integrado por:<\/p>\n<p>> Ingresos por explotaciones colaterales o no tarifarios, como publicidad, tendidos de fibra \u00f3ptica, alquileres de los espacios y locales en estaciones y t\u00faneles para peatones y toda otra explotaci\u00f3n comercial que pueda desarrollarse en las instalaciones del Subte<\/p>\n<p>> Los recursos derivados de lo previsto en la Ley N\u00b0 23.514, los cuales deber\u00e1n ser destinados a los fines establecidos en dicha Ley.<\/p>\n<p>> Los legados y donaciones que se concedan a su favor.<\/p>\n<p>> Pr\u00e9stamos no reembolsables con destino al Subte.<\/p>\n<p>> El incremento al monto de patentes sobre veh\u00edculos en general.<\/p>\n<p>>Los recursos con que el Poder Ejecutivo o la legislatura resuelvan destinar.<\/p>\n<p>> Cualquier otro recurso que pueda corresponderle por ley o le sea atribuido por cualquier otro procedimiento legalmente establecido.<\/p>\n<p>Por otro lado, se modific\u00f3 el art\u00edculo 1\u00b0 del documento original que declaraba al \u00abservicio p\u00fablico esencial\u00bb y se establecer\u00e1 que el transporte ferroviario de pasajeros  de superficie y subterr\u00e1neo es un \u00abservicio p\u00fablico\u00bb. En caso de huelga las organizaciones gremiales que nuclean a los trabajadores del servicio deber\u00e1n comunicar al Ministerio de Trabajo las acciones y medidas a tomar.<\/p>\n<p>En caso de conflictos colectivos de trabajo que deriven en huelga del personal o de cualquier otro tipo de reclamo colectivo que afecte la prestaci\u00f3n del servicio, el prestador deber\u00e1 brindar servicios m\u00ednimos cuya modalidad y condiciones ser\u00e1 acordado entre las partes. Las organizaciones gremiales o sindicales, deber\u00e1n comunicar las medidas de protesta a adoptar, con 3 d\u00edas de antelaci\u00f3n al evento.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, hubo modificaciones en lo pertinente a la declaraci\u00f3n del estado de emergencia del servicio. El mismo se redujo a 2 a\u00f1os (antes era de 5) y se faculta al Poder Ejecutivo a prorrogar la emergencia por el t\u00e9rmino de 1 a\u00f1o, teniendo en cuenta el resultado de la auditor\u00eda integral sobre el estado de cumplimiento del contrato de concesi\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>El tiempo de la auditor\u00eda tiene un plazo m\u00e1ximo de 120 d\u00edas corridos a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, prorrogables por 60 d\u00edas corridos.<\/p>\n<p>Las disposiciones establecidas  en la ley entrar\u00e1n en vigencia a partir del 1\u00b0 de enero de 2013.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Legislatura aprob\u00f3 este mi\u00e9rcoles en sesi\u00f3n extraordinaria el proyecto de traspaso de subtes. Luego de arduas negociaciones con los Metrodelegados y los jefes de los distintos bloques, el Cuerpo logr\u00f3 llegar a un acuerdo para que el gobierno de Mauricio Macri asuma la responsabilidad de los subterr\u00e1neos de forma adecuada. 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