{"id":30300,"date":"2013-04-30T08:45:21","date_gmt":"2013-04-30T08:45:21","guid":{"rendered":"http:\/\/www.buenosairesdiario.com\/?p=30300"},"modified":"2013-04-30T12:46:33","modified_gmt":"2013-04-30T12:46:33","slug":"cristina-promulgo-la-ley-de-cautelares-y-comienzan-a-presentar-amparos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/legislaturahoy.com\/?p=30300","title":{"rendered":"Cristina promulg\u00f3 la ley de cautelares y comienzan a presentar amparos"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/noticiasbaires.com\/wp-content\/uploads\/2013\/04\/reformatelam.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/noticiasbaires.com\/wp-content\/uploads\/2013\/04\/reformatelam-150x150.jpg\" alt=\"\" title=\"reformatelam\" width=\"150\" height=\"150\" class=\"alignleft size-thumbnail wp-image-30254\" \/><\/a>El Gobierno nacional promulg\u00f3 la ley 26.854 que limita el uso de cautelares contra el Estado. El Colegio P\u00fablico de Abogados presentar\u00e1 hoy mismo una declaraci\u00f3n de inconstitucionalidad. La ONU advirti\u00f3 que la reforma judicial viola los tratados internacionales.<\/p>\n<p>Una de las seis normas de la reforma judicial ya fue promulgada por Cristina Kirchner. A trav\u00e9s del decreto 456, el Gobierno puso en marcha el nuevo r\u00e9gimen de cautelares, que pone l\u00edmites al uso de ese tipo de acciones contra el Estado nacional. La Casa Rosada busca as\u00ed destrabar los conflictos con el Grupo Clar\u00edn -por la Ley de Medios- y con la Sociedad Rural -por la expropiaci\u00f3n del predio de Palermo-. <\/p>\n<p>La constitucionalidad de la ley 26.854 es puesta en duda desde diversos sectores y se espera una avalancha de acciones judiciales. Ayer, el constitucionalista Andr\u00e9s Gil Dom\u00ednguez present\u00f3 un amparo colectivo para frenar la promulgaci\u00f3n pero la Justicia lo rechaz\u00f3 (ver recuadro). Una de las primeras medidas la presentar\u00e1 hoy mismo el Colegio P\u00fablico de Abogados de la Capital Federal, seg\u00fan anunci\u00f3 su presidente, Jorge Rizzo.<\/p>\n<p>La ley promulgada hoy contempla los cambios exigidos por el CELS, los \u00fanicos aceptados por el oficialismo en la discusi\u00f3n parlamentaria. Esas modificaciones quedaron plasmadas en el art\u00edculo 2, que establece \u00abla providencia cautelar dictada contra el Estado nacional y sus entes descentralizados por un juez o tribunal incompetente, s\u00f3lo tendr\u00e1 eficacia cuando se trate de sectores socialmente vulnerables acreditados en el proceso, se encuentre comprometida la vida digna conforme la Convenci\u00f3n Americana de Derechos Humanos, la salud o un derecho de naturaleza alimentaria. Tambi\u00e9n tendr\u00e1 eficacia cuando se trate de un derecho de naturaleza ambiental\u00bb.<\/p>\n<p>Y agrega: \u00abEn este caso, ordenada la medida, el juez deber\u00e1 remitir inmediatamente las actuaciones al juez que considere competente, quien, una vez aceptada la competencia atribuida, deber\u00e1 expedirse de oficio sobre el alcance y vigencia de la medida cautelar concedida, en un plazo que no podr\u00e1 exceder los cinco (5) d\u00edas\u00bb.<\/p>\n<p>Este art\u00edculo tambi\u00e9n establece que los jueces \u00abdeber\u00e1n abstenerse de decretar medidas cautelares cuando el conocimiento de la causa no fuese de su competencia\u00bb. Con esto, el oficialismo intent\u00f3 frenar las maniobras mediante las cuales los jueces dictan una medida y luego se declaran incompetentes. Sin embargo, esto estaba contemplado en el art\u00edculo 196 del C\u00f3digo Procesal Civil y Comercial.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 3 de la nueva ley precisa que para evitar perjuicios al inter\u00e9s p\u00fablico, la Justicia podr\u00e1 disponer una medida distinta de la solicitada o limitarla, considerando el derecho que se intenta proteger y perjuicio que intenta evitar. El mismo art\u00edculo aclara, adem\u00e1s, que las medidas cautelares no podr\u00e1n coincidir con el objeto de la demanda principal.<\/p>\n<p>Por otra parte, la norma detalla que ante una medida cautelar \u00abel juez deber\u00e1 fijar, bajo pena de nulidad, un l\u00edmite razonable para su vigencia, que no podr\u00e1 ser mayor a los seis (6) meses. En los procesos de conocimiento que tramiten por el procedimiento sumar\u00edsimo y en los juicios de amparo, el plazo razonable de vigencia no podr\u00e1 exceder de los tres (3) meses\u00bb, de acuerdo a lo plasmado en el art\u00edculo 5.<\/p>\n<p>Con esto, los cerebros de la reforma apuntaron directamente a voltear la medida cautelar con la que el Grupo Clar\u00edn traba la Ley de Medios.<\/p>\n<p>De esta forma, al Gobierno le queda por promulgar la creaci\u00f3n de las nuevas c\u00e1maras de Casaci\u00f3n y espera que el Senado convierta en ley la reforma del Consejo de la Magistratura. Esto suceder\u00eda el mi\u00e9rcoles 8 de mayo y la promulgaci\u00f3n deber\u00e1 ser antes del 13 de mayo, d\u00eda en que la Casa Rosada deber\u00e1 oficializar el cronograma electoral y tendr\u00e1 que incluir la elecci\u00f3n de consejeros.<\/p>\n<p>Duras cr\u00edticas de la ONU<\/p>\n<p>Gabriela Knaul, relatora especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de los magistrados y abogados, exigi\u00f3 al Gobierno argentino que reconsidere las leyes de reforma del Consejo de la  Magistratura y de regulaci\u00f3n de las medidas cautelares.<\/p>\n<p>La \u00abdisposici\u00f3n sobre la elecci\u00f3n partidaria de los miembros del Consejo de la Magistratura\u00bb y \u00ablas limitaciones aprobadas a las medidas cautelares\u00bb son \u00abcontrarias a varios art\u00edculos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol\u00edticos\u00bb, indic\u00f3 la brasile\u00f1a Knaul en un comunicado difundido en Ginebra.<\/p>\n<p>\u00abLa disposici\u00f3n sobre la elecci\u00f3n partidaria de los miembros del Consejo de la Magistratura es contraria al art\u00edculo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol\u00edticos y a los Principios b\u00e1sicos relativos a la independencia de la judicatura\u00bb, cuestion\u00f3 la Relatora. \u00abEl Estado tiene el compromiso de asegurar la independencia de la judicatura mediante el respeto de su legislaci\u00f3n a los est\u00e1ndares internacionales\u00bb, agreg\u00f3.<\/p>\n<p>\u00abHago un llamado a Argentina a que establezca procedimientos claros y criterios objetivos para la destituci\u00f3n y sanci\u00f3n de jueces, y que se asegure un recurso efectivo a los jueces para impugnar dichas decisiones, en aras de salvaguardar la independencia judicial\u00bb, dijo Knaul.<\/p>\n<p>\u00abLas limitaciones aprobadas a las medidas cautelares son contrarias a los art\u00edculos 2 (3) y 14 (1) del Pacto de Derechos Civiles y Pol\u00edticos, entre otros est\u00e1ndares internacionales relevantes\u00bb, complet\u00f3.<\/p>\n<p>Fuente: La Pol\u00edtica Online<br \/>\nImagen: T\u00e9lam<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Gobierno nacional promulg\u00f3 la ley 26.854 que limita el uso de cautelares contra el Estado. 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