{"id":30385,"date":"2013-05-02T06:10:10","date_gmt":"2013-05-02T06:10:10","guid":{"rendered":"http:\/\/www.buenosairesdiario.com\/?p=30385"},"modified":"2013-05-02T16:12:19","modified_gmt":"2013-05-02T16:12:19","slug":"la-afip-tuvo-que-dar-marcha-atras-con-una-resolucion-insolita","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/legislaturahoy.com\/?p=30385","title":{"rendered":"La AFIP tuvo que dar marcha atr\u00e1s con una resoluci\u00f3n ins\u00f3lita"},"content":{"rendered":"<p>El organismo recaudador debi\u00f3 aclarar una resoluci\u00f3n sobre el personal dom\u00e9stico. Obligaba al pago de aportes a quien ten\u00eda un patrimonio mayor a $305 mil. Ahora, lo har\u00e1n quienes adem\u00e1s de eso ganen $500 mil anuales.<\/p>\n<p>La AFIP dar\u00e1 por hecho que los contribuyentes que tienen un determinado nivel de ingresos y un patrimonio que supere el tope fijado para el Impuesto sobre los Bienes Personales, tienen personal dom\u00e9stico trabajando en su casa. Y, en consecuencia, les cobrar\u00e1 impuestos como si no estuvieran pagando los aportes de su empleado. Para evitar esto, todos los contribuyentes que tengan personal dom\u00e9stico deber\u00e1n inscribirlos en un Registro Especial ante la el organismo, seg\u00fan inform\u00f3 Clar\u00edn.<\/p>\n<p>El mecanismo se pondr\u00e1 en marcha en junio y afectar\u00e1 a quienes perciban ingresos anuales por m\u00e1s de $ 500.000 y tengan un patrimonio de $ 305.000 o mayor. En caso de que ese contribuyente no registre una empleada, la AFIP determinar\u00e1 de oficio una deuda por aportes y contribuciones a la seguridad social y exigir\u00e1 su pago. Si el contribuyente no tiene servicio dom\u00e9stico y recibe esa notificaci\u00f3n, deber\u00e1 impugnarla y demostrar que no le corresponde la deuda. Esta medida tambi\u00e9n alcanza a los empleadores de choferes de remises, que tendr\u00e1n que registrar al personal con un sistema id\u00e9ntico.<\/p>\n<p>En realidad, la medida de la AFIP originalmente afectaba a un universo muy amplio de gente, ya que inclu\u00eda tambi\u00e9n a todos los que tienen un patrimonio superior a $ 305.000, sin importar su nivel de ingresos.<\/p>\n<p>Pero ayer a \u00faltima hora, casi 36 horas despu\u00e9s, la AFIP dio marcha atr\u00e1s y limit\u00f3 esta obligaci\u00f3n s\u00f3lo a los que cumplen ambos requisitos a la vez. Seg\u00fan el organismo se trat\u00f3 de un \u201cerror de impresi\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>El primer mecanismo determinaba que estaban afectados por el nuevo r\u00e9gimen todos los contribuyentes de Bienes Personales, independientemente de su nivel de ingresos. As\u00ed, por ejemplo, pod\u00eda incluirse el caso de que un jubilado que cobra el haber m\u00ednimo y vive en un departamento valuado en $ 310.000 (unos 33.000 d\u00f3lares en el mercado paralelo). Esta persona hubiera quedado obligada a hacer el tr\u00e1mite para demostrarle a la AFIP que no tiene personal dom\u00e9stico.<\/p>\n<p>En rigor, la arbitrariedad de ese corte que establec\u00eda la resoluci\u00f3n oficial est\u00e1 dado por otro factor: la falta de actualizaci\u00f3n en el tope del impuesto a los Bienes Personales, que est\u00e1 fijado en $ 305.000 desde el a\u00f1o 2007, pese a que desde entonces se acumul\u00f3 una inflaci\u00f3n de m\u00e1s del 150%. Esto hace que cada vez m\u00e1s gente est\u00e9 alcanzada por este tributo. Este fen\u00f3meno se hizo m\u00e1s notable este a\u00f1o en Capital Federal, donde el gobierno de Mauricio Macri aplic\u00f3 reval\u00faos mayores al 100% en los inmuebles y as\u00ed muchos porte\u00f1os pasaron aquella barrera fiscal y tuvieron que empezar a pagar.<\/p>\n<p>La \u201cfe de erratas\u201d apareci\u00f3 ayer, pese al feriado, cerca de las 19:00 en el sitio web de la AFIP. Y el mencionado \u201cerror de impresi\u00f3n\u201d consisti\u00f3 apenas en cambiar la opci\u00f3n \u201cy\/o\u201d por el nexo \u201cy\u201d. De esa forma, el universo de gente afectada por la nueva norma se redujo enormemente.<\/p>\n<p>Con la nueva redacci\u00f3n, hay tambi\u00e9n otros casos que quedan exclu\u00eddos de la presunci\u00f3n fiscal sobre contrataci\u00f3n de personal dom\u00e9stico. Por ejemplo, no estar\u00e1 alcanzada una persona que tiene un patrimonio gravado inferior al tope de Bienes Personales, aunque tenga declarado en el banco un plazo fijo de 1 mill\u00f3n de pesos. Ese contribuyente pudo haberlo ahorrado durante a\u00f1os y vivir en una casa modesta, con ingresos que no llegan a $ 500.000 al a\u00f1o.<\/p>\n<p>La Pol\u00edtica Online<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El organismo recaudador debi\u00f3 aclarar una resoluci\u00f3n sobre el personal dom\u00e9stico. Obligaba al pago de aportes a quien ten\u00eda un patrimonio mayor a $305 mil. Ahora, lo har\u00e1n quienes adem\u00e1s de eso ganen $500 mil anuales. 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