{"id":30672,"date":"2013-05-15T09:02:31","date_gmt":"2013-05-15T09:02:31","guid":{"rendered":"http:\/\/www.buenosairesdiario.com\/?p=30672"},"modified":"2013-05-15T14:04:54","modified_gmt":"2013-05-15T14:04:54","slug":"un-proyecto-de-avanzada-en-la-proteccion-del-periodismo-y-los-medios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/legislaturahoy.com\/?p=30672","title":{"rendered":"Un proyecto de avanzada en la protecci\u00f3n del periodismo y los medios"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/noticiasbaires.com\/wp-content\/uploads\/2012\/07\/macri-otra-conferencia.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/noticiasbaires.com\/wp-content\/uploads\/2012\/07\/macri-otra-conferencia-150x150.jpg\" alt=\"\" title=\"macri otra conferencia\" width=\"150\" height=\"150\" class=\"alignleft size-thumbnail wp-image-23980\" \/><\/a>El decreto que firm\u00f3 Mauricio Macri para proteger la libertad de prensa en la Ciudad de Buenos Aires, ampl\u00eda de manera notable la protecci\u00f3n de los periodistas. Adem\u00e1s proh\u00edbe la intervenci\u00f3n o expropiaci\u00f3n de medios. Qu\u00e9 dicen los art\u00edculos m\u00e1s importantes. <\/p>\n<p>El decreto de necesidad y urgencia n\u00famero dos que firmaron hoy Mauricio Macri y todos sus ministros y que pr\u00f3ximamente la Legislatura podr\u00eda convertir en ley, contiene una normativa de avanzada en la protecci\u00f3n de los periodistas, los medios y el ejercicio de la libertad de prensa.<\/p>\n<p>Para respaldar esta norma, Macri se bas\u00f3 en los art\u00edculos de la Constituci\u00f3n Nacional que protegen la libertad de prensa y expresi\u00f3n y en aquellos que garantizan la autonom\u00eda de la Ciudad de Buenos Aires.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se apoy\u00f3 en la Convenci\u00f3n Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San Jos\u00e9 de Costa Rica \u2013que desde la reforma de 1994 tiene rango constitucional- y en la propia Constituci\u00f3n porte\u00f1a, sobre todo en el art. 47 que emplaza al Gobierno de la Ciudad a velar por la libertad de expresi\u00f3n y el libre ejercicio de la prensa.<\/p>\n<p>\u201cNo hay democracia sin libertad de expresi\u00f3n, ni libertad de expresi\u00f3n sin libertad de prensa\u201d, dice el decreto en una de las frases m\u00e1s logradas de los considerandos, en los que no se soslaya la situaci\u00f3n amenazante que vive el periodismo.<\/p>\n<p>\u201cLas amenazas y hostigamientos a que han sido sometidos periodistas y medios de comunicaci\u00f3n, evidencian una situaci\u00f3n de peligro inminente para una de las m\u00e1s importantes libertades que garantizan el Estado de Derecho\u201d, agrega el texto que entiende que ante esta situaci\u00f3n \u201cresulta imperioso que en forma urgente se dicte un r\u00e9gimen legal de defensa y resguardo de la libertad de expresi\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Bautizado como R\u00e9gimen de Defensa de la Libertad de Expresi\u00f3n, la norma propuesta contiene 26 art\u00edculos, es de f\u00e1cil lectura y muy clara y concisa en sus formulaciones, que entroncan con la m\u00e1s saludable doctrina de defensa de la libertad de expresi\u00f3n que viene de la Primer Enmienda de la Constituci\u00f3n de Estados Unidos, luego receptada por nuestra carta magna.<\/p>\n<p>Defensa de ciudadanos y periodistas<\/p>\n<p>Los primeros art\u00edculos \u2013del 1 al 6- consagran de manera general el derecho de todos los ciudadanos de informarse y expresarse libremente, subrayando que s\u00f3lo en base a un juicio previo y con criterio restrictivo, se podr\u00e1 censurar una expresi\u00f3n y a posteriori de su emisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Luego del art\u00edculo 7 al 10, la norma propuesta por Macri realiza una muy extensa y profunda protecci\u00f3n de la tarea de los periodistas, garantizando no s\u00f3lo la protecci\u00f3n de sus fuentes, sino tambi\u00e9n prohibiendo que se les exija entregar sus apuntes o archivos personales (art. 9).<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se establece que no se les podr\u00e1 exigir a los periodistas colegiatura obligatoria, ni t\u00edtulo ni habilitaci\u00f3n profesional, herramientas esgrimidas en el pasado \u2013y en el presente- para limitar su actuaci\u00f3n (art. 10).<\/p>\n<p>Proh\u00edbe tambi\u00e9n requerir a los medios y periodistas que informen cual es su l\u00ednea editorial, noticias por difundir, grillas de contenidos, informaciones en su poder y cualquier otra acci\u00f3n que restrinja la liberta de prensa (art. 8).<\/p>\n<p>Subraya adem\u00e1s que no se podr\u00e1n invocar razones de protecci\u00f3n del honor, la intimidad o la propia imagen para impedir o restringir la pr\u00e1ctica periodista, y m\u00e1s a\u00fan si se trata de funcionarios o figuras de actuaci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>Protecci\u00f3n de los medios<\/p>\n<p>En su segunda parte la norma propuesta por Macri se centra en garantizar el libre funcionamiento de los medios, proponiendo incluso expl\u00edcitamente remedios para las amenazas m\u00e1s visibles que se ciernes sobre los medios, como la intervenci\u00f3n de Clar\u00edn o la expropiaci\u00f3n de Papel Prensa.<\/p>\n<p>Es esta parte del articulado el que anticipa el conflicto de jurisdicciones con Naci\u00f3n y que posiblemente derive en juicios entre ambas administraciones.<\/p>\n<p>En primer lugar la norma propuesta se\u00f1ala que las leyes de defensa de la competencia que dicte la Naci\u00f3n se aplicar\u00e1n a los medios, siempre que no sean un veh\u00edculo para restringir la libertad de prensa (art.12).<\/p>\n<p>Esta intenci\u00f3n es reforzada expl\u00edcitamente en el art. 13 que reza que los periodistas o medios que se desenvuelvan en la Ciudad no podr\u00e1n ser afectados por \u201cleyes u actos administrativos de otra jurisdicci\u00f3n\u201d que directa o indirectamente atente contra las libertades de imprenta, prensa y expresi\u00f3n.<\/p>\n<p>Prohibiendo incluso que se cercene ese derecho por v\u00edas indirectas como la imposici\u00f3n de aranceles, impuestos, regulaciones o cargas extraordinarias para la importaci\u00f3n de papel, controles abusivos y cualquier otra pr\u00e1ctica que dificulte la libertad de prensa (art. 14).<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se rechaza la imposici\u00f3n de sanciones administrativas a los medios por la difusi\u00f3n de noticias (art. 15) y en el art. 16 se proh\u00edben expl\u00edcitamente las expropiaciones como la que intenta realizar el kirchnerismo con Papel Prensa. Prohibiendo adem\u00e1s que el fisco se cobre deudas realizando activos imprescindibles para la actividad period\u00edstica.<\/p>\n<p>En los art. 17 y 18 se proh\u00edbe textualmente la posibilidad de intervenir un medio, como se comenta que intenta hacer la Comisi\u00f3n Nacional de Valores con el Grupo Clar\u00edn o Papel Prensa.<\/p>\n<p>En tanto que en el art. 21 radica el coraz\u00f3n del futuro conflicto de competencias con la Naci\u00f3n. All\u00ed la Ciudad reivindica su competencia sobre todos los medios de comunicaci\u00f3n domiciliados o radicados f\u00edsicamente en el distrito, cualquiera sea su formato.<\/p>\n<p>Reconoce ese art\u00edculo que la regulaci\u00f3n del espacio radioel\u00e9ctrico es de la Naci\u00f3n, pero le pone un l\u00edmite muy preciso: Sus regulaciones son deben coartar, restringir o limitar la libertad de prensa (art. 22).<\/p>\n<p>Luego en su art. 24 la norma amplia de manera muy generosa a los beneficiarios de esta ley, dando definiciones muy abarcativas de periodista, medio de comunicaci\u00f3n y que puede ser considerado una informaci\u00f3n, opini\u00f3n o idea.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo en su art. 25 el decreto propone la creaci\u00f3n de un fuero especial para que atienda las controversias vinculadas al R\u00e9gimen propuesto. <\/p>\n<p>Fuente: La Pol\u00edtica Online<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El decreto que firm\u00f3 Mauricio Macri para proteger la libertad de prensa en la Ciudad de Buenos Aires, ampl\u00eda de manera notable la protecci\u00f3n de los periodistas. 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