{"id":31105,"date":"2013-05-31T09:30:09","date_gmt":"2013-05-31T09:30:09","guid":{"rendered":"http:\/\/www.buenosairesdiario.com\/?p=31105"},"modified":"2013-05-31T12:33:02","modified_gmt":"2013-05-31T12:33:02","slug":"es-ley-la-libertad-de-expresion-en-la-ciudad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/legislaturahoy.com\/?p=31105","title":{"rendered":"Es ley la Libertad de Expresi\u00f3n en la Ciudad"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/noticiasbaires.com\/wp-content\/uploads\/2013\/05\/ritondo-legis-dnu.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/noticiasbaires.com\/wp-content\/uploads\/2013\/05\/ritondo-legis-dnu-e1370003523255-150x150.jpg\" alt=\"\" title=\"ritondo legis dnu\" width=\"150\" height=\"150\" class=\"alignleft size-thumbnail wp-image-31106\" \/><\/a>La legislatura porte\u00f1a aprob\u00f3 por 35 votos afirmativos, 15 negativos y 7 abstenciones, el proyecto que garantiza el derecho de todas las personas de buscar, expresar, recibir y difundir libremente, por cualquier medio de su elecci\u00f3n, informaciones, opiniones, ideas y manifestaciones culturales de toda \u00edndole, sin ninguna restricci\u00f3n directa o indirecta, ni censura de ninguna clase, dentro del marco arm\u00f3nico y determinaciones que surgen de la Constituci\u00f3n Nacional, los Tratados Internacionales con jerarqu\u00eda constitucional y la Constituci\u00f3n de la Ciudad de Buenos Aires.<\/p>\n<p>Imagen: Leonardo Idoria<br \/>\nEl momento m\u00e1s \u00e1lgico del debate se di\u00f3 en un cruce entre los diputados An\u00edbal Ibarra (Frente Progresita y Popular), Juan Cabandi\u00e9 (Frente para la Victoria) y Cristiian Ritondo (PRO). Ibarra hab\u00eda afirmado que el proyecto era un alzamiento conta el Gobierno de la Naci\u00f3n, em tanto que que Cabandi\u00e9 trat\u00f3 de sedicioso el proyecto del jefe de Gobierno porte\u00f1o, Mauricio Macri.<\/p>\n<p>\u00abNo ser\u00e1 que entre tanto alzamiento de An\u00edbal Ibarra y la sedici\u00f3n de Juan Cabandi\u00e9, estar\u00e1n pensando en la intervenci\u00f3n de la Ciudad de Buenos Aires. No ser\u00e1 que est\u00e1n buscando el argumento para intentar hacer lo mismo que con el Grupo Clar\u00edn. Saquens\u00e9 las caretas, quisieron intervenir al Grupo Clar\u00edn con Moreno y Kicillof, pero cuando le descubrieron la jugada tuvieron que dar marcha atras y ahora no saben como explicarlo\u00bb, dijo Ritondo al tiempo que agreg\u00f3 \u00bb Nosotros no nos alzamos, ni somos sediciosos. Defendemos la Constituci\u00f3n de la Ciudad y de la Naci\u00f3n\u00bb <\/p>\n<p>El Vicerpesidente 1\u00ba de la Legislatura, refut\u00f3 cada uno de los argumentos del diputado Kirchnerista, Juan Cabandi\u00e9, quien afirm\u00f3 que lo que m\u00e1s les molestaba a los opositores, eran los logros de Cristina y de N\u00e9stor Kirchner.<\/p>\n<p>\u00abClaro que nos molesta la inflaci\u00f3n, claro que nos molestan las valijas, Clarno que nos molesta la pobreza, claro que nos molesta que nos mientan con la cifras del indec, claro que nos molesta la inseguridad\u00bb.<\/p>\n<p>Sobre el proyecto en cuesti\u00f3n, Cristian Ritondo sen\u00f1al\u00f3: \u00bb La lucha por la libertad de expresi\u00f3n nos corresponde a todos. Sin la habilidad de opinar libremente, de denunciar injusticias y clamar cambios, el hombre est\u00e1 condenado a la opresi\u00f3n. Respetar la libertad de los dem\u00e1s, es respetar nuestra propia libertad de palabra. La libertad de expresi\u00f3n, es esencial para el descubrimiento de la verdad. La libertad de los ciudadanos en la Ciudad no se negocia. Se respeta y se defiende. La Ciudad les dice a los ciudadanos porte\u00f1os que nadie nos va a atropellar. Los derechos y garant\u00edas de los ciudadanos porte\u00f1os son sagrados, y sagrada es la libertad de expresi\u00f3n. En la Ciudad hay libertad y nuestra libertad es innegociable y para todos\u00bb. <\/p>\n<p>\u00abComo hombre de bien  pienso en la libertad de expresi\u00f3n como el futuro de mis hijos, que ser\u00e1n la nueva generaci\u00f3n y que buscaran tener m\u00e1s posibilidades para expresarse ante la sociedad sin miedo a represalias. Solo juntos podemos lograrlo, solo juntos podemos hacer nuestro el derecho a la libertad de expresi\u00f3n y s\u00f3lo unidos lo conseguiremos\u00bb, finaliz\u00f3 Ritondo.<\/p>\n<p>Principales puntos de la Ley<\/p>\n<p>> La Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires garantiza el derecho de todas las personas de buscar, expresar, recibir y difundir libremente, por cualquier medio de su elecci\u00f3n, informaciones, opiniones, ideas y manifestaciones culturales de toda \u00edndole, sin ninguna restricci\u00f3n directa o indirecta, ni censura de ninguna clase, dentro del marco arm\u00f3nico y determinaciones que surgen de la Constituci\u00f3n Nacional, los Tratados Internacionales con jerarqu\u00eda constitucional y la Constituci\u00f3n de la Ciudad de Buenos Aires.<\/p>\n<p>> Todas las personas tienen derecho a buscar, acceder y recibir libremente por cualquier medio expresiones, informaci\u00f3n, opiniones e ideas de toda \u00edndole, sin ning\u00fan tipo de restricci\u00f3n directa o indirecta ni censura de ninguna clase y a elegir libremente c\u00f3mo, d\u00f3nde y respecto de qui\u00e9n ejercer tal derecho, sin que ning\u00fan poder p\u00fablico pueda interferir ni sustituir su decisi\u00f3n.<\/p>\n<p>> Todas las personas pueden ejercer los derechos establecidos sin ning\u00fan tipo de discriminaci\u00f3n por motivos de raza, etnia, religi\u00f3n, g\u00e9nero, orientaci\u00f3n sexual, idioma, edad, ideolog\u00eda, opiniones pol\u00edticas o de cualquier \u00edndole, nacionalidad, caracteres f\u00edsicos, condici\u00f3n psicof\u00edsica, social, econ\u00f3mica o cualquier otra circunstancia que implique distinci\u00f3n, exclusi\u00f3n, restricci\u00f3n o menoscabo.<\/p>\n<p>> Las libertades de imprenta, prensa y expresi\u00f3n deben ejercerse respetando los valores, principios y derechos fundamentales que reconocen la Constituci\u00f3n Nacional, los Tratados Internacionales con jerarqu\u00eda constitucional y la Constituci\u00f3n de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires<\/p>\n<p>> Toda informaci\u00f3n que obtuvieren los periodistas o comunicadores sociales para preparar su labor o como consecuencia de ella se encuentra amparada por los derechos que protegen el secreto profesional, el cual debe ser respetado por toda autoridad p\u00fablica, empleadores y otros empleado, comunicadores o directivos de las empresas editoras, productoras o emisoras en las cuales act\u00faen o que contraten sus servicios, salvo disposici\u00f3n judicial. Queda prohibido obligar a periodistas a entregar sus apuntes, anotaciones y archivos personales y profesionales, o a revelar sus fuentes de informaci\u00f3n o los proyectos que tengan en marcha, debiendo respetarse su \u00e9tica y secreto profesional.<\/p>\n<p>> Las autoridades de la Ciudad no podr\u00e1n dictar actos administrativos, que directa o indirectamente, afecten las libertades de imprenta, prensa y expresi\u00f3n tuteladas por la Constituci\u00f3n Nacional, los Tratados Internacionales con jerarqu\u00eda constitucional y la Constituci\u00f3n de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires.<\/p>\n<p>> No podr\u00e1n restringirse las libertades de imprenta, prensa y expresi\u00f3n de los medios de comunicaci\u00f3n con domicilio o instalaciones en la Ciudad, ni el derecho al libre acceso a la informaci\u00f3n de las personas de la Ciudad por v\u00edas indirectas tales como el abuso de controles oficiales, la imposici\u00f3n de aranceles, impuestos, regulaci\u00f3n o cargas extraordinarias para la producci\u00f3n o importaci\u00f3n de papel para medios gr\u00e1ficos, de enseres, equipos, insumos y aparatos necesarios para la difusi\u00f3n de expresiones, informaci\u00f3n, opiniones o ideas por cualquier soporte o modalidad. Cualquier interpretaci\u00f3n deber\u00e1 ser favorable al pleno goce y ejercicio de las libertades de imprenta, prensa y expresi\u00f3n y al derecho a la b\u00fasqueda y acceso a la informaci\u00f3n diversa, plural y libremente elegida.<\/p>\n<p>> Los medios de comunicaci\u00f3n cuyo \u00e1mbito se limite a la Ciudad no podr\u00e1n ser clausurados o suspendidos, ni sus equipos decomisados sino en virtud de sentencia firme dictada por el Poder Judicial de la Ciudad. No ser\u00e1n procedentes medidas cautelares que tuvieren ese prop\u00f3sito. <\/p>\n<p>> Las empresas domiciliadas en la Ciudad que produzcan, generen o difundan programas audiovisuales, ser\u00e1n autorizadas y reguladas por las normas que, al efecto, se dicten y deber\u00e1n ajustar su funcionamiento a las normas de la Ciudad de Buenos Aires.<\/p>\n<p>> Los bienes y activos, materiales o inmateriales, que periodistas o medios de comunicaci\u00f3n, cualquiera sea su soporte o modalidad, necesiten para ejercer su actividad y se encuentren en el territorio de la Ciudad no estar\u00e1n sujetos a aquellas leyes o actos administrativos dictados por otras jurisdicciones que coarten, restrinjan o limiten, directa o indirectamente, dichas libertades ni que afecten, obstaculicen, comprometan o de cualquier forma perturben la libre expresi\u00f3n, circulaci\u00f3n, acceso o elecci\u00f3n de informaci\u00f3n, opiniones o ideas.<\/p>\n<p>> Los inmuebles, registros marcarios, licencias de comunicaci\u00f3n audiovisual, instalaciones, equipos, maquinarias, materiales, enseres, insumos, suministros ni todo activo o bien necesario para la difusi\u00f3n de expresiones, informaci\u00f3n, opiniones o ideas, que pertenezcan a periodistas o medios de comunicaci\u00f3n, cualquiera sea su soporte o modalidad, con domicilio en la Ciudad o que se encuentren en ella instalados, estar\u00e1n protegidos inclusive frente a expropiaciones por motivos de inter\u00e9s o utilidad p\u00fablica, decomisos, confiscaciones, embargos, secuestros y ejecuciones administrativas.<\/p>\n<p>> No se podr\u00e1 intervenir, desapoderar, despojar, reasignar, transferir ni ofertar p\u00fablica o privadamente, sin la aprobaci\u00f3n voluntaria y expresa de sus propietarios, ning\u00fan medio de comunicaci\u00f3n ni ning\u00fan inmueble, instalaci\u00f3n, registro marcario, licencia de comunicaci\u00f3n audiovisual, equipo, maquinaria, enser, insumo, suministro ni ning\u00fan activo o bien, material o inmaterial, necesario, directa o indirectamente, para la libre difusi\u00f3n de expresiones, informaci\u00f3n, opiniones o ideas.<\/p>\n<p>> Las instalaciones de medios de comunicaci\u00f3n ubicadas en el territorio de la Ciudad necesarias para la difusi\u00f3n de informaci\u00f3n, opiniones o ideas, mediante cualquier soporte o modalidad de informaci\u00f3n, no podr\u00e1n ser clausuradas ni sus equipos decomisados por la administraci\u00f3n p\u00fablica salvo mediante orden judicial que se encuentre firme. Cuando la orden  judicial se funde en la existencia de peligro grave, inminente y concreto para la seguridad f\u00edsica de las personas, no ser\u00e1 necesario que se encuentre firme.<\/p>\n<p>> Corresponde a la Ciudad la jurisdicci\u00f3n de todas las materias relativas a los medios y servicios de difusi\u00f3n orales, gr\u00e1ficos, electr\u00f3nicos o de cualquier otro tipo, de los medios de comunicaci\u00f3n en ella domiciliados o cuyas instalaciones se encuentren en la Ciudad, cualquiera sea su soporte o modalidad, con excepci\u00f3n de aquellos que ocupen espacio radioel\u00e9ctrico los que estar\u00e1n regulados por la ley federal correspondiente, en la medida que dicha regulaci\u00f3n no afecte las libertades de imprenta, prensa y expresi\u00f3n de los habitantes de la Ciudad ni de las personas f\u00edsicas en ella domiciliadas.<\/p>\n<p>> Los bienes y activos, materiales o inmateriales, que periodistas o medios de comunicaci\u00f3n, cualquiera sea su soporte o modalidad, necesiten para ejercer su actividad y se encuentren en el territorio de la Ciudad no estar\u00e1n sujetos a aquellas leyes o actos administrativos dictados por otras jurisdicciones que coarten, restrinjan o limiten, directa o indirectamente, dichas libertades ni que afecten, obstaculicen, comprometan o de cualquier forma perturben la libre expresi\u00f3n, circulaci\u00f3n, acceso o elecci\u00f3n de informaci\u00f3n, opiniones o ideas.  <\/p>\n<p>> En raz\u00f3n de lo dispuesto por el Art. 32 de la Constituci\u00f3n Nacional y los Arts. 32 y 47 de la Constituci\u00f3n de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires el Poder Judicial de la Ciudad tiene, en forma exclusiva y excluyente, jurisdicci\u00f3n y competencia en toda materia relativa a los derechos y garant\u00edas a que se tutelan en esta ley, el cual actuar\u00e1 de conformidad con las normas que regulan sus procedimientos y sus competencias.<\/p>\n<p>> Una ley especial establecer\u00e1 el fuero competente en la materia, que tendr\u00e1 competencia para conocer respecto de toda acci\u00f3n vinculada con la aplicaci\u00f3n del presente R\u00e9gimen. En raz\u00f3n de la materia, en ning\u00fan caso ser\u00e1 competente la jurisdicci\u00f3n federal para entender en la aplicaci\u00f3n del presente R\u00e9gimen.<\/p>\n<p>> Los procesos se regir\u00e1n por el C\u00f3digo Contencioso Administrativo y Tributario o por la Ley N\u00b0 2.145 de Amparo, seg\u00fan corresponda.Las decisiones ser\u00e1n recurribles ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, conforme la normativa que rige su competencia. Hasta tanto se dicte la ley especial a que se refiere el art\u00edculo 28\u00ba, la competencia corresponder\u00e1 al Tribunal Superior de Justicia. <\/p>\n<p>> Los actos que afecten, restrinjan o impidan el ejercicio de los derechos y garant\u00edas establecidos por esta ley  emanados de autoridades de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires  son nulos de nulidad absoluta y generan la obligatoria restituci\u00f3n del derecho. Si emanaren de autoridades de otras jurisdicciones deber\u00e1n ser homologados por Tribunales de la Ciudad, en proceso contradictorio y mediante sentencia firme para poder ser ejecutados.<\/p>\n<p>Designaci\u00f3n de M\u00f3nica Weinberg en el Tribunal Superior de Justicia<\/p>\n<p>El Cuerpo Parlamentario de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires acept\u00f3 esta tarde la propuesta del Jefe de Gobierno, Mauricio Macri, para designar a la Dra. In\u00e9s M\u00f3nica Weinberg como miembro del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad, cubriendo la vacante dejada en el a\u00f1o 2009 por el Dr. Julio Maier.<\/p>\n<p>Durante la Sesi\u00f3n Especial que se desarroll\u00f3 entre las 16.20 y las 16.37 presidida por el Diputado Cristian Ritondo (PRO) s\u00f3lo el Diputado Rafael Gentilli (PSur) expuso argumentos de car\u00e1cter \u00e9tico en contra de la designaci\u00f3n alegando que la candidata ocult\u00f3 informar la percepci\u00f3n dineraria por sentencias emitidas como miembro de un tribunal internacional. No obstante, la Junta de \u00c9tica, Acuerdos y Organismos de Control a trav\u00e9s de una resoluci\u00f3n desestim\u00f3 la impugnaci\u00f3n presentada en el mismo sentido por el Dr. Ernesto Alberto Marcier afirmando que en los argumentos \u00ababundan solamente juicios de valor sobre el candidato propuesto\u00bb. Luego, la Junta con la Comisi\u00f3n de asesoramiento permanente de Justicia dictamin\u00f3 favorablemente mediante el Despacho 85\/13 sosteniendo que \u00abno existen razones que objetivamente impidan o aconsejen que esta Legislatura no preste el acuerdo\u00bb. En tanto, la Diputada Gabriela Cerruti (NE), en minor\u00eda, aconsej\u00f3 la vuelta a Comisi\u00f3n para un mejor estudio.<\/p>\n<p>Seg\u00fan establece el art\u00edculo 111 de la Constituci\u00f3n local la aprobaci\u00f3n requiere dos tercios del total de los 60 legisladores. La votaci\u00f3n nominal result\u00f3 de 40 votos positivos -exactamente el m\u00ednimo exigido por la Carta Magna local- (PRO, UCR, BpU, CC, BApT y Diputados Pablo Bergel, Adri\u00e1n Camps, Virginia Gonz\u00e1lez Gass, Julio Raffo (PSur) y 16 abstenciones (bloques FpV, NE, MST, FPyP, BA20\/21, SP y Diputados Rafael Gentili y Jorge Selser (PSur).<\/p>\n<p>Trayectoria en la Justicia nacional e internacional<\/p>\n<p>Weinberg se gradu\u00f3 en la UBA (1971) y al a\u00f1o siguiente se doctor\u00f3 en Ciencias Jur\u00eddicas y Sociales por la Universidad de La Plata. Ejerci\u00f3 magistraturas de alto nivel e importancia internacional. Fue electa Juez del Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas por la Asamblea General de marzo de 2009, teniendo el honor de haber sido elegida en primer t\u00e9rmino en el cargo de Presidente. Previamente ejerci\u00f3 como Juez del Tribunal Penal Internacional para Ruanda (Junio 2003-Octubre 2005) tambi\u00e9n por decisi\u00f3n de la ONU, organismo que antes la hab\u00eda seleccionado para la Sala de Apelaciones del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia y Ruanda.<\/p>\n<p>Por otra parte, es Juez en la C\u00e1mara de Apelaciones en lo Contencioso, Administrativo y Tributario (2000-2003 y 2009 en adelante), fue Jueza Nacional de Primera Instancia en lo Civil en la Ciudad de Buenos Aires (1993-2000) y abogada (1971-1992). Tambi\u00e9n es profesora titular de Derecho Internacional Privado en la UBA -entre otros antecedentes docentes-, autora de numerosas publicaciones y posee una larga trayectoria jur\u00eddica tanto en el \u00e1mbito acad\u00e9mico como profesional. Adem\u00e1s del castellano domina los idiomas ingl\u00e9s, alem\u00e1n y franc\u00e9s. Naci\u00f3 en la Ciudad de Buenos Aires, est\u00e1 casada con Eduardo A. Roca y tiene un hijo.<\/p>\n<p>Vacancia desde 2009<\/p>\n<p>Desde el primero de septiembre de 2009, cuando se jubil\u00f3 su ex presidente, el Dr. Julio Maier, el TSJ funciona con cuatro de los cinco jueces. El Poder Ejecutivo propuso como reemplazante a la Dra. Daniela Bruna Ugolini pero el expediente no prosper\u00f3. Desde entonces no hubieron candidatos para ocupar la vacante y el Tribunal funcion\u00f3 con cuatro miembros a los que se sumaron, de manera alternada, los distintos presidentes de C\u00e1mara porte\u00f1os. En septiembre de 2010, el Ejecutivo derog\u00f3 el Decreto 1620 del a\u00f1o 2003 que establec\u00eda el procedimiento para la propuesta de candidatos y el 30 de julio de 2012 mediante el Decreto 381 fij\u00f3 una nueva normativa siguiendo lineamientos dados por el TSJ para evitar conflictos de poderes. En febrero pasado el Jefe de Gobierno remiti\u00f3 a la Legislatura el pliego de la Dra. Weinberg que este jueves fue aceptado.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La legislatura porte\u00f1a aprob\u00f3 por 35 votos afirmativos, 15 negativos y 7 abstenciones, el proyecto que garantiza el derecho de todas las personas de buscar, expresar, recibir y difundir libremente, por cualquier medio de su elecci\u00f3n, informaciones, opiniones, ideas y manifestaciones culturales de toda \u00edndole, sin ninguna restricci\u00f3n directa o indirecta, ni censura de ninguna [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[1573,615,60],"class_list":["post-31105","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-politicia","tag-cristian-ritondo","tag-dnu","tag-legislatura"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/31105","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=31105"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/31105\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=31105"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=31105"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=31105"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}