{"id":3215,"date":"2010-12-30T17:07:39","date_gmt":"2010-12-30T17:07:39","guid":{"rendered":"http:\/\/www.buenosairesdiario.com\/?p=3215"},"modified":"2010-12-30T17:07:39","modified_gmt":"2010-12-30T17:07:39","slug":"todo-lo-que-debe-saber-antes-de-viajar-afuera","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/legislaturahoy.com\/?p=3215","title":{"rendered":"Todo lo que debe saber antes de viajar afuera"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/noticiasbaires.com\/wp-content\/uploads\/2010\/12\/autos.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/noticiasbaires.com\/wp-content\/uploads\/2010\/12\/autos-150x150.jpg\" alt=\"\" title=\"autos\" width=\"150\" height=\"150\" class=\"alignleft size-thumbnail wp-image-3216\" \/><\/a>La Canciller\u00eda confeccion\u00f3 la Gu\u00eda Pr\u00e1ctica para el turista argentino con recomendaciones para quienes eligen destinos tur\u00edsticos en el exterior. Las recomendaciones<\/p>\n<p>En el comunicado se inform\u00f3 que en el caso de los pa\u00edses de Am\u00e9rica del Sur, excepto Venezuela, podr\u00e1 cruzarse al pa\u00eds vecino con alguno de los tres documentos, siempre y cuando se encuentren vigentes: DNI, c\u00e9dula o pasaporte. En el resto del mundo, \u00fanicamente se podr\u00e1 viajar con el pasaporte al d\u00eda. <\/p>\n<p>Es clave tener en cuenta que el pasaporte deber\u00e1 tener una validez de, por lo menos, seis meses posteriores a la fecha del inicio del viaje. Ese lapso puede variar seg\u00fan el pa\u00eds destino. Es recomendable llamar a las embajadas y consultar. <\/p>\n<p>En la gu\u00eda tambi\u00e9n se aconseja exigir a las autoridades competentes, tanto al ingresar como al salir del pa\u00eds que se visita, el sellado del pasaporte o la entrega de la tarjeta migratoria con los sellos de entrada y salida para evitar multas o complicaciones futuras. Es importante, adem\u00e1s, respetar el per\u00edodo de permanencia autorizado y la categor\u00eda de ingreso permitida.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se aconseja sacar fotocopias de los documentos que se lleven al exterior. Esto resulta conveniente por dos motivos. En primer lugar, si el turista pierde su pasaporte o DNI, la fotocopia le facilitar\u00e1 al consulado argentino la tarea para expedir un nuevo documento de viaje. En segundo lugar, no es necesario \u2013en general\u2013 circular por la ciudad del pa\u00eds extranjero (aunque s\u00ed lo es para salir de \u00e9l hacia otro destino o para tomar un avi\u00f3n) con el pasaporte original. <\/p>\n<p>Viajes con menores<br \/>\nA la hora de viajar con chicos, se aconsej\u00f3 tener en cuenta los siguientes puntos:<\/p>\n<p>\u2022 Si el menor viaja con ambos padres, la autoridad migratoria argentina les exigir\u00e1, para permitir que el menor salga del pa\u00eds, la partida de nacimiento o la libreta de matrimonio a efectos de probar el v\u00ednculo, a fin de acreditar que ellos son efectivamente sus padres. <\/p>\n<p>\u2022 Si el menor viaja con uno de los padres, la autoridad migratoria exigir\u00e1, para que pueda salir del pa\u00eds, el permiso o venia de viaje, (que se tramita ante escribano p\u00fablico) por el cual el otro padre autoriza al menor a salir del territorio argentino.<\/p>\n<p>\u2022 Si el menor viaja solo o acompa\u00f1ado por un tercero, la autoridad migratoria exigir\u00e1 el permiso o venia de viaje firmado por ambos padres (es recomendable incluir en el permiso, adem\u00e1s, la autorizaci\u00f3n para tramitar un nuevo pasaporte en caso de robo o extrav\u00edo).<\/p>\n<p>Seguros de viajero<br \/>\nEn la gu\u00eda se explica que los sistemas p\u00fablicos de salud de otros pa\u00edses no siempre dan respuesta. Por ello resulta conveniente contratar, antes de viajar, un seguro de cobertura m\u00e9dica en el exterior para todo el grupo familiar. <\/p>\n<p>Este tipo de cobertura cubre, tambi\u00e9n, en casos de accidentes u otros servicios excepcionales, el traslado del paciente en avi\u00f3n sanitario hacia la Argentina en casos de emergencia. <\/p>\n<p>Hay tambi\u00e9n, en el mercado, seguros que cubren otros riesgos como es el caso de falencia de la empresa a\u00e9rea transportadora, responsabilidad civil, etc\u00e9tera.<br \/>\nSe recomienda consultar sobre los alcances de las prestaciones, para evitar inconvenientes de \u00faltimo momento a la hora de utilizar los servicios contratados.<\/p>\n<p>El turista tambi\u00e9n deber\u00e1 informarse previamente en el Consulado o en la Embajada del pa\u00eds que visitar\u00e1 acerca de los requisitos migratorios.<br \/>\nPrincipalmente los sanitarios (vacunas a aplicarse, por ejemplo), el ingreso con mascotas (presentaci\u00f3n de certificados de salud y vacunas exigidos por las autoridades sanitarias extranjeras) y de productos alimenticios que no permiten ingresar (animales, vegetales, frutas y productos no envasados, entre otros), y las exigencias que ata\u00f1en al ingreso de veh\u00edculos.<\/p>\n<p>Autos<br \/>\nEn caso de que el turista se traslade con su autom\u00f3vil hacia los pa\u00edses lim\u00edtrofes, hay una serie de condiciones que el propietario o conductor del auto debe cumplir, de las que se puede tomar informaci\u00f3n recurriendo al consulado o la embajada correspondiente. <\/p>\n<p>Es indispensable contratar un seguro contra terceros \u2013como m\u00ednimo\u2013 que tenga validez y que la compa\u00f1\u00eda aseguradora cuente con oficinas propias o su corresponsal en el pa\u00eds que se visita.<\/p>\n<p>Antes de emprender el viaje en auto, es conveniente adem\u00e1s informarse acerca de las leyes o reglas de tr\u00e1nsito que rigen en el pa\u00eds de destino. <\/p>\n<p>Evitar multas y demoras: en algunos casos, se ha comprobado que el no pago de las multas o infracciones de tr\u00e1nsito ocasionaron demoras en la salida del pa\u00eds. <\/p>\n<p>Viajeros a Espa\u00f1a<br \/>\nEn vistas de que muchos argentinos eligen al Reino de Espa\u00f1a como destino de vacaciones o descanso en cualquier momento del a\u00f1o, se recomienda ingresar al sitio del consulado espa\u00f1ol el Buenos Aires, www.maec.es\/consulados\/buenosaires, ingresando al link \u201cinformaci\u00f3n de visados\u201d para conocer la informaci\u00f3n completa sobre los requisitos necesarios a la hora de ingresar a Espa\u00f1a en calidad de turista, as\u00ed como en otros casos.<\/p>\n<p>Los requisitos son:<br \/>\n\u2022 Los argentinos no necesitan visado para viajar a Espa\u00f1a como turistas siempre que su estancia no exceda de tres meses, dentro de un per\u00edodo de seis meses. Tampoco necesitan visado para entrar en cualquier otro pa\u00eds miembro de la Uni\u00f3n Europea.<\/p>\n<p>\u2022 La misma regla se aplica a los nacionales de Bolivia (hasta el 1 de abril de 2007), Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay, adem\u00e1s de otros Estados iberoamericanos (en concreto, todos los Estados iberoamericanos excepto Cuba, Colombia, Ecuador, Per\u00fa y Rep\u00fablica Dominicana).<\/p>\n<p>Los requisitos que le pueden ser requeridos a su entrada en territorio espa\u00f1ol son:<br \/>\n1. Pasaporte vigente<\/p>\n<p>2. Pasaje de ida y vuelta<\/p>\n<p>3. Justificaci\u00f3n del objeto y las condiciones de la estancia y disponer de medios econ\u00f3micos suficientes para el per\u00edodo de su estancia en Espa\u00f1a, que ser\u00e1n, como m\u00ednimo, de 513,34 euros. Si la estancia es superior a nueve d\u00edas, la cantidad reflejada anteriormente deber\u00e1 incrementarse en 57 euros por cada d\u00eda adicional, en efectivo, cheques certificados, cheques de viaje, cartas de pago, tarjetas de cr\u00e9dito (acompa\u00f1adas de extracto de la cuenta bancaria o libreta bancaria puesta al d\u00eda). No ser\u00e1n admisibles documentos bancarios o extractos por Internet.<\/p>\n<p>Para los viajes de car\u00e1cter tur\u00edstico o privado, se podr\u00e1 exigir la presentaci\u00f3n de alguno de los siguientes documentos:<\/p>\n<p>\u2022 Confirmaci\u00f3n de la reserva de un viaje organizado, con el itinerario.<\/p>\n<p>\u2022 Pasaje de vuelta o de circuito tur\u00edstico.<\/p>\n<p>\u2022 Se puede exigir una carta de invitaci\u00f3n o documento justificativo del establecimiento de hospedaje, realizada por un particular en la Comisar\u00eda de Polic\u00eda de su lugar de residencia. En ning\u00fan caso, la carta de invitaci\u00f3n suplir\u00e1 la acreditaci\u00f3n por el extranjero de los dem\u00e1s requisitos exigidos para la entrada.<\/p>\n<p>En caso de ser demorado<br \/>\nEn caso de denegaci\u00f3n de entrada en Espa\u00f1a, el afectado tiene derecho a que se le notifique la resoluci\u00f3n motivada correspondiente, con informaci\u00f3n acerca de los recursos procedentes. No obstante, los recursos no tendr\u00e1n efecto suspensivo. Tambi\u00e9n tiene derecho a la asistencia letrada, para lo cual est\u00e1 de guardia, permanentemente en el aeropuerto, un abogado de oficio, por si el interesado desea hacer uso de sus servicios. <\/p>\n<p>Actividades de los consulados argentinos en el exterior:<br \/>\nLos consulados de nuestro pa\u00eds en el exterior tienen la funci\u00f3n de asistir a los argentinos que se encuentran en el exterior, ya sea como residentes o en calidad de turistas. <\/p>\n<p>De todas formas, y en el marco de la normativa vigente, los c\u00f3nsules no est\u00e1n facultados para ofrecer cualquier tipo de asistencia. Est\u00e1n facultados para asistir a personas accidentadas, dar aviso a parientes allegados sobre accidentes, fallecimientos o situaciones de cat\u00e1strofe, velar por los intereses de los argentinos menores, permitir el uso de la direcci\u00f3n postal de la oficina consular para la recepci\u00f3n de la correspondencia particular y brindar asesoramiento cuando \u00e9ste le sea requerido. <\/p>\n<p>En el \u00e1mbito administrativo, pueden extender la documentaci\u00f3n de viaje (en el caso, por ejemplo, de p\u00e9rdida del pasaporte por parte de alg\u00fan turista) y autorizar todos los actos que pueden efectuar los escribanos p\u00fablicos en nuestro pa\u00eds. Asimismo, los funcionarios consulares asisten a los argentinos detenidos o condenados, procurando que dispongan de una defensa en un posible juicio y repatriar a la Argentina ciudadanos argentinos cuya indigencia sea fehacientemente probada y se hallen en un estado de vulnerabilidad, de los consignados en el reglamento consular.<\/p>\n<p>Sin embargo, hay que tener en cuenta que el c\u00f3nsul no puede ser parte de un proceso judicial, solicitar para el connacional un tratamiento distinto del que reciben los nacionales del pa\u00eds de destino en c\u00e1rceles y hospitales, ni proporcionar asistencia letrada. Los consulados tampoco pueden actuar como agente de viaje, l\u00ednea a\u00e9rea, banco u otra entidad, ni constituirse en garante o fiador, es decir, proporcionar dinero o asumir cuentas de terceros. <\/p>\n<p>Los consulados no proveen dinero, pasajes o alojamientos en caso de contingencias como hurtos, robos p\u00e9rdidas de efectos personales, accidentes o enfermedades.<\/p>\n<p>Fuente: Infobae<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Canciller\u00eda confeccion\u00f3 la Gu\u00eda Pr\u00e1ctica para el turista argentino con recomendaciones para quienes eligen destinos tur\u00edsticos en el exterior. Las recomendaciones En el comunicado se inform\u00f3 que en el caso de los pa\u00edses de Am\u00e9rica del Sur, excepto Venezuela, podr\u00e1 cruzarse al pa\u00eds vecino con alguno de los tres documentos, siempre y cuando se [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[5],"tags":[1436,1437,1435],"class_list":["post-3215","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-interes-general","tag-guia-practica","tag-turista","tag-viajar"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3215","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=3215"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3215\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=3215"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=3215"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=3215"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}