{"id":35822,"date":"2013-12-06T08:30:51","date_gmt":"2013-12-06T08:30:51","guid":{"rendered":"http:\/\/www.buenosairesdiario.com\/?p=35822"},"modified":"2013-12-06T14:31:32","modified_gmt":"2013-12-06T14:31:32","slug":"legislatura-promueven-desarrollo-de-la-comuna-8","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/legislaturahoy.com\/?p=35822","title":{"rendered":"Legislatura: Promueven desarrollo de la Comuna 8"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/noticiasbaires.com\/wp-content\/uploads\/2013\/12\/rintondo-sesion.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/noticiasbaires.com\/wp-content\/uploads\/2013\/12\/rintondo-sesion-300x199.jpg\" alt=\"\" title=\"rintondo sesion\" width=\"300\" height=\"199\" class=\"alignleft size-medium wp-image-35823\" srcset=\"https:\/\/legislaturahoy.com\/wp-content\/uploads\/2013\/12\/rintondo-sesion-300x199.jpg 300w, https:\/\/legislaturahoy.com\/wp-content\/uploads\/2013\/12\/rintondo-sesion.jpg 872w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a>En la sesi\u00f3n de este jueves  el Cuerpo Parlamentario vot\u00f3 positivamente el desarrollo de la Comuna 8 en la que se cre\u00f3 el Distrito del Deporte y se busca promover la urbanizaci\u00f3n incluyendo en esa zona la obligaci\u00f3n de construcci\u00f3n del \u00e1rea ol\u00edmpica, sede de los Juegos Ol\u00edmpicos de la Juventud. <\/p>\n<p>Con la aprobaci\u00f3n en primera lectura de un texto consensuado, la Legislatura porte\u00f1a dispuso la creaci\u00f3n del Distrito del Deporte de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires en el pol\u00edgono comprendido por la Comuna 8, rodeada de las Avenidas Gral. Paz, 27 de Febrero, Cnel. Esteban Bonorino, Gral. F. Fern\u00e1ndez De La Cruz, Perito Moreno, y la Autopista Dellepiane, en ambas aceras. Son beneficiarias de las pol\u00edticas de fomento previstas las personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas radicadas o que se radiquen en el Distrito, que realicen en forma principal ciertas actividades como fabricaci\u00f3n de productos deportivos, construcci\u00f3n de embarcaciones deportivas o infraestructura deportiva, entre otras. La autoridad de aplicaci\u00f3n de la norma es el Ministerio de Desarrollo Econ\u00f3mico.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, por iniciativa de la diputada Karina Spalla y su par Cristian Ritondo (PRO), se crear\u00e1 en el \u00e1mbito de esa cartera ministerial el Registro de Emprendimientos Deportivos (RED). Las personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas que realicen obras nuevas o de puesta en valor, refacciones y\/o mejoras en inmuebles situados en el Distrito con destino comercial, industrial y\/o de servicios, podr\u00e1n computar el 25 % del monto invertido como pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos por las actividades que desarrollen en la Ciudad. A su vez, hay un plan educativo de promoci\u00f3n para la producci\u00f3n e industria deportiva donde se podr\u00e1n inscribir y ser beneficiarios de los incentivos las instituciones educativas establecidas o que se establezcan en el Distrito del Deporte. Se ejecutar\u00e1n distintos programas de capacitaci\u00f3n mediante los ministerios de Educaci\u00f3n y  de Desarrollo Econ\u00f3mico.<\/p>\n<p>Por otro lado, el art\u00edculo 28\u00b0 de la ley expresa que a los efectos de promover la efectiva incidencia de generaci\u00f3n de empleo y desarrollo econ\u00f3mico de ese sector del sur se establece que a partir de la entrada en vigencia de la norma al menos el 50 % de los empleados que sean incorporados por los beneficiarios del r\u00e9gimen deben tener al menos un a\u00f1o de residencia efectiva en la Comuna 8.<\/p>\n<p>En cuanto al \u00e1rea ol\u00edmpica, sede de los Juegos Ol\u00edmpicos de la Juventud, estar\u00e1 localizada en Avenida Escalada y Avenida Cnel. Roca. El desarrollo de los proyectos integrales de arquitectura se realizar\u00e1 mediante la convocatoria a un Concurso P\u00fablico de iniciativas y proyectos en los t\u00e9rminos y condiciones que se dispongan. El art\u00edculo 34\u00b0 dice que una vez finalizados los Juegos Ol\u00edmpicos de la Juventud del a\u00f1o 2017, el conjunto de viviendas que conforman la Villa Ol\u00edmpica ser\u00e1 transferido al Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires, y luego el mismo tendr\u00e1 que adaptar los inmuebles de tal forma que puedan ser destinados a viviendas unifamiliares de ocupaci\u00f3n permanente.<\/p>\n<p>En referencia a los barrios nuevos se realizar\u00e1 una urbanizaci\u00f3n con criterios de radicaci\u00f3n definitiva destinado a viviendas, actividades productivas de car\u00e1cter familiar y equipamiento comunitario. Se destinar\u00e1n a actividades residenciales de densidad media y media baja, admiti\u00e9ndose usos mixtos compatibles con la vivienda, y se subdividir\u00e1n en subdistritos de acuerdo a su localizaci\u00f3n determinada.<\/p>\n<p>La Diputada Spalla, presidenta de la Comisi\u00f3n de Planeamiento Urbano defendi\u00f3 la iniciativa al afirmar: \u00abEstoy totalmente convencida de que este proyecto tiene buenas intenciones. Hemos escuchado a <\/p>\n<p>todos los vecinos de villa 20 que nos plantearon un error y lo corregimos\u00bb y luego convoc\u00f3 a \u00abtodos los Diputados a votar este proyecto que garantiza mejoras en la calidad de vida de los vecinos de la zona sur\u00bb.<\/p>\n<p>Por su parte el Diputado Cristian Ritondo dijo que \u00abcon este proyecto queremos lograr que en Lugano haya nuevas industrias que generen puestos de trabajo\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abQue se construya la villa ol\u00edmpica, y luego destinarlo a viviendas sociales, que se desarrolle una industria limpia y que todo sea en pos de lograr los elementos para poder urbanizar las villas\u00bb<\/p>\n<p>\u00abEs un paso m\u00e1s que damos para revalorizar el Sur, junto con el Metrobus, la Ciudad del Rock, entre otros que hacen que aumente el valor referencial de cada barrio\u00bb<\/p>\n<p>Trabajamos de muy buena fe en el Sur de la Ciudad para que la Villa Ol\u00edmpica 2018 sea un orgullo de la Ciudad ante los ojos del mundo\u00bb<\/p>\n<p>La Comuna 8 se localiza en el suroeste porte\u00f1o y posee barrios tradicionalmente industriales, con una gran cantidad de edificios productivos, y galpones cuyo uso mayoritario es el de dep\u00f3sito. <\/p>\n<p>Contando tambi\u00e9n, con zonas residenciales de construcciones bajas, a excepci\u00f3n de complejos habitacionales de m\u00e1s de diez pisos de altura.<\/p>\n<p>El proyecto que tuvo aprobaci\u00f3n en primera lectura con 44 votos positivos y 16 negativos, deber\u00e1 ser tratado en Audiencia P\u00fablica que tendr\u00e1 lugar el a\u00f1o pr\u00f3ximo previo a su sanci\u00f3n definitiva.<\/p>\n<p>Nuevo llamado a licitaci\u00f3n para parqu\u00edmetros<\/p>\n<p>La Legislatura de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires en Sesi\u00f3n Ordinaria sancion\u00f3 una ley que aprueba los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Especificaciones T\u00e9cnicas para la Licitaci\u00f3n P\u00fablica Nacional para otorgar bajo el r\u00e9gimen jur\u00eddico de concesi\u00f3n de servicio p\u00fablico, la prestaci\u00f3n de los servicios relacionados con el Sistema de Estacionamiento regulado en el \u00e1mbito de la Ciudad.<\/p>\n<p>La normativa, que fija el detalle de las asignaciones tarifarias a las distintas arterias de esta Ciudad, especificando los tramos de arterias con estacionamiento tarifado con su tipo de tarifa, obtuvo 38 votos positivos y 19 negativos.<\/p>\n<p>El presidente de la comisi\u00f3n de Tr\u00e1nsito y Transporte, diputado Claudio Palmeyro (SP) asegur\u00f3 que \u00abla ley no trae la soluci\u00f3n definitiva al problema del estacionamiento pero significa un aporte\u00bb. Adem\u00e1s sostuvo: \u00abElimina la idea original del cepo y establece que los residentes de la ciudad no van a pagar excepto donde ya existe el estacionamiento medido, dentro del micro y macro centro donde los residentes s\u00f3lo pagar\u00e1n el 50% del precio estipulado. En el resto de la ciudad los residentes no pagar\u00e1n y fue eliminado el estacionamiento medido en algunos barrios. Se establece que el 16 % de la recaudaci\u00f3n obtenida sea destinado al fondo para subterr\u00e1neos. Se sum\u00f3 la reserva del espacio de estacionamiento para personas con discapacidad en los lugares donde trabaja agreg\u00e1ndose a la reserva en su lugar de residencia\u00bb. Por su parte, el diputado Daniel Pr esti (PRO) subray\u00f3 adem\u00e1s el amplio trabajo realizado para llegar a un consenso con m\u00e1s de 30 reuniones en la comisi\u00f3n.<\/p>\n<p>El Cuerpo parlamentario ya hab\u00eda sancionado la Ley N\u00b0 4.003 que estableci\u00f3 un nuevo Sistema de Estacionamiento Regulado, con una visi\u00f3n integral sobre la problem\u00e1tica del estacionamiento abordando aspectos como son la precisi\u00f3n clara y taxativa de cuando procede el acarreo de un veh\u00edculo por mal estacionamiento y cuando el mismo est\u00e1 vedado, precisando la definici\u00f3n de detenci\u00f3n de veh\u00edculos, la reserva de espacio para la carga y descarga frente a las obras en construcci\u00f3n y finalmente incorporando un nuevo Cap\u00edtulo al C\u00f3digo de Tr\u00e1nsito y Transporte referido al Sistema de Estacionamiento Regulado. En ese sentido, se crearon distintas modalidades tarifarias en funci\u00f3n del tipo de demanda, otorg\u00e1ndose claros beneficios a favor de los residentes a partir de una pol\u00edtica tarifaria diferenciada que los exima del pago en las inmediaciones de su domicil io.<\/p>\n<p>El expediente aprobado este jueves conten\u00eda cuatro dict\u00e1menes de minor\u00eda, uno con otra propuesta de ley del diputado Rafael Gentilli (PSur), dos de vuelta a comisi\u00f3n de los diputados Alejandro Amor y Claudio Palmeyro (FpV) y de Maximiliano Ferraro y Roc\u00edo S\u00e1nchez And\u00eda (CC) y otro de archivo de Edgardo Form (NE) y An\u00edbal Ibarra (FPP). La iniciativa fue presentada por el Jefe de Gobierno, Ing. Mauricio Macri, y el despacho de mayor\u00eda conjunto de las comisiones de Tr\u00e1nsito y Transporte y de Presupuesto tratado de modo preferencial en el Recinto obtuvo 32 votos positivos, 21 negativos y 3 abstenciones.<\/p>\n<p>Se posterg\u00f3 el debate sobre Boleta \u00danica <\/p>\n<p>La tabla sobre el expediente 1866-j-2012 de autor\u00eda del Jefe de Gobierno, que plantea la implementaci\u00f3n del sistema de boleta \u00fanica en los procesos electorales de precandidatos y candidatos a cargos p\u00fablicos electivos locales de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires fue habilitada para su tratamiento con 42 votos positivos, 12 negativos y 3 abstenciones. <\/p>\n<p>Sin embargo, el texto seguir\u00e1 siendo consensuado y modificado por los diferentes espacios pol\u00edticos para su aprobaci\u00f3n. Volver\u00e1 a ser tratado el pr\u00f3ximo lunes, tras el pedido de reserva en <\/p>\n<p>secretar\u00eda realizado por el diputado Helio Rebot (PRO), presidente de la Comisi\u00f3n de Asuntos Constitucionales.<\/p>\n<p>Homenaje a Nelson Mandela<\/p>\n<p>Por otra parte, en el transcurso del debate sobre el proyecto de ley del Plan Maestro para la Comuna 8, a las 19.12 horas, el pleno del Cuerpo legislativo rindi\u00f3 homenaje por el fallecimiento de <\/p>\n<p>Nelson Mandela. La sesi\u00f3n estaba siendo presidida por el Diputado Dante Gullo (FpV) quien pidi\u00f3 un minuto de aplausos puestos de pie. <\/p>\n<p>Ampliaci\u00f3n del Programa de Financiamiento en el mercado local<\/p>\n<p>Mediante un expediente iniciado por el Jefe de Gobierno, Mauricio Macri, se aprob\u00f3 la solicitud para ampliar el Programa de Financiamiento en el mercado local, creado a trav\u00e9s de la Ley N\u00b0 4.315, por un importe de hasta U$S 260.000.000 y U$S 140.000.000 o su equivalente en pesos, otra u otras monedas, y se autoriz\u00f3 al Poder Ejecutivo -a trav\u00e9s del Ministerio de Hacienda- a contraer un empr\u00e9stito p\u00fablico representado por una o m\u00e1s emisiones de t\u00edtulos de deuda por hasta ese importe. El expediente lleg\u00f3 al Recinto con tres despachos, uno de mayor\u00eda y dos de minor\u00eda de la Comisi\u00f3n de Presupuesto y el proyecto de ley fue aprobado con 31 votos positivos, 26 negativos y ninguna abstenci\u00f3n.<\/p>\n<p>En los fundamentos, se explica que es necesario proceder a la realizaci\u00f3n de varias obras de distinta naturaleza, a fin de atender a diversas problem\u00e1ticas que presenta actualmente la Ciudad de Buenos Aires, cuya soluci\u00f3n se vincula en forma directa con el cumplimiento de metas y principios constitucionales. <\/p>\n<p>Por otro lado, la ley tambi\u00e9n tiene como objeto la obtenci\u00f3n de financiamiento a fin de llevar a cabo diversas obras en el denominado \u201cNodo Obelisco\u201d y\/u otro proyecto de inversi\u00f3n inherente a la red de subterr\u00e1neos de Buenos Aires, un transporte esencial para la movilidad de los ciudadanos. El Nodo precitado est\u00e1 constituido por el conjunto de las estaciones Carlos Pellegrini, Diagonal Norte y 9 de Julio, de las l\u00edneas de subterr\u00e1neos B, C y D respectivamente, con sus interconexiones y accesos a superficie. La norma tiene como objetivo el incremento de la eficiencia en el trasbordo de pasajeros en la zona, el cumplimiento de la Ley N\u00ba 962 de Accesibilidad para Personas de Movilidad Reducida, y la mejora de las condiciones de confort, seguridad y evacuaci\u00f3n del p\u00fablico en caso de emergencia y\/o incendio. Asimismo se propone una mejora en las instalaciones del subterr\u00e1neo, incorporando nuevos criterios de dise\u00f1o: pasajes m\u00e1s anchos, nueva tecnolog\u00eda en sistemas de informaci\u00f3n al usuario, iluminaci\u00f3n de luz natural y minimizaci\u00f3n de desniveles en los recorridos.<\/p>\n<p>La inversi\u00f3n estimada para la obra es del orden de los $ 960 millones y prev\u00e9 la ampliaci\u00f3n de vest\u00edbulos, andenes, pasillos, nuevos accesos y vinculaciones con la Plaza de la Rep\u00fablica, el Pasaje Peatonal Sur (L\u00edneas BCD + Metrob\u00fas + Combis), el Pasaje Peatonal Norte (L\u00edneas BCD + Metrob\u00fas),  la Av. Pte. Roque Saenz Pe\u00f1a al Este y Oeste de la Av. 9 de Julio, y nuevos sistemas de ventilaci\u00f3n y de evacuaci\u00f3n de humos en caso de incendio.<\/p>\n<p>Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Infraestructura y Tecnolog\u00edas<\/p>\n<p>La Legislatura cre\u00f3 el Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Infraestructura y Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n en el \u00e1mbito del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, quien ser\u00e1 su beneficiario. La Ley N\u00b0 3395 ha dispuesto la asignaci\u00f3n de recursos presupuestarios para la conformaci\u00f3n de un activo financiero aplicado a la creaci\u00f3n de un Fondo Fiduciario, ya que resulta necesario establecer la norma que regule su funcionamiento, defina n\u00edtidamente su objeto e incorpore criterios de transparencia para la gesti\u00f3n, administraci\u00f3n y exposici\u00f3n de sus cuentas.<\/p>\n<p>\u00abHabiendo sido recientemente sancionada la ley que permitir\u00e1 instrumentar el expediente judicial digital, este Fondo Fiduciario constituye un instrumento id\u00f3neo para financiar su implementaci\u00f3n e incorporar tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones aplicadas a su administraci\u00f3n y a la gesti\u00f3n judicial. En raz\u00f3n de las caracter\u00edsticas de los proyectos y programas a ser ejecutados para la concreci\u00f3n de estos objetivos, su financiamiento se extender\u00e1 por varios ejercicios presupuestarios, se ha contemplado que Fondo tenga un plazo de duraci\u00f3n de 30 a\u00f1os, quedando claramente establecido en las prescripciones de esta ley, restringi\u00e9ndose su modificaci\u00f3n a otra norma de igual jerarqu\u00eda\u00bb, sostienen en sus fundamentos los legisladores que propusieron el proyecto. La iniciativa de los diputados Daniel Presti y Rogelio Frigerio (PRO) despac hada por la Comisi\u00f3n de Presupuesto fue aprobada con 51 votos y la abstenci\u00f3n del Frente Frente Progresista Popular y Nuevo Encuentro. <\/p>\n<p>Direcci\u00f3n de Administraci\u00f3n de Pensiones<\/p>\n<p>Durante la sesi\u00f3n de este jueves se estableci\u00f3 por ley que se subrogar\u00e1n en el Tesoro de la Ciudad las obligaciones previsionales emergentes del sistema previsional creado por Ley 1.181, y derogado por Ley 2.811. La liquidaci\u00f3n y pago de las mismas a sus beneficiarios se realizar\u00e1 conforme al procedimiento espec\u00edfico que determine la autoridad de aplicaci\u00f3n. El proyecto es de autor\u00eda de la Diputada Mar\u00eda Am\u00e9rica Gonz\u00e1lez (BApT) y contiene un agregado por parte de los diputados Francisco Quintana y Enzo Pagani (PRO), que solicita la creaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n de Administraci\u00f3n de Pensiones de la ex Caja de Seguridad Social de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (CASSABA), la cual ser\u00e1 la encargada de administrar las pensiones correspondientes a los abogados de la Ciudad a trav\u00e9s del procedimiento explicado por la l ey.<\/p>\n<p>El Fondo de Asistencia para Abogados, Jubilados y Pensionados de la Ciudad de Buenos Aires caducar\u00e1 cuando no existieran beneficiarios del sistema previsto por el r\u00e9gimen creado por la ley 1.181, tambi\u00e9n se crear\u00e1 una Comisi\u00f3n de gesti\u00f3n, seguimiento, y control del Fondo de Asistencia para Abogados, Jubilados y Pensionados de la Ciudad de Buenos Aires, la cual estar\u00e1 integrada por tres miembros designados por la Legislatura de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, uno en representaci\u00f3n de la Auditor\u00eda General de la Ciudad, dos designados por el Poder Ejecutivo y uno en representaci\u00f3n del Colegio P\u00fablico de Abogados de la Capital Federal. El texto obrante en las bancas fue aprobado por 51 votos y el diputado Pablo Bergel (PSur) se abstuvo.<\/p>\n<p>Rogelio Frigerio ser\u00e1 presidente del Directorio del Banco de la Ciudad de Buenos Aires<\/p>\n<p>La postulaci\u00f3n del diputado Rogelio Frigerio (PRO), presidente de la estrat\u00e9gica Comisi\u00f3n parlamentaria de Presupuesto para desempe\u00f1ar la presidencia del Banco Ciudad de Buenos Aires recibi\u00f3 hoy el acuerdo de la Legislatura. Efectivamente el Cuerpo aprob\u00f3 con 56 votos y las abstenciones del candidato y el diputado Alejandro Bodart (MST), el expediente por el cual el Poder Ejecutivo eleva el Decreto 2013-436-AJG de renuncia del Lic. Federico Adolfo Sturzenegger al cargo de Presidente del Directorio del Banco Ciudad de la Ciudad de Buenos Aires, y el expediente 2662-J-2013, por el cual propone a Frigerio.<\/p>\n<p>Luego de haberse cumplido el procedimiento previsto en la Constituci\u00f3n de la Ciudad en sus arts. 55\u00ba y 120\u00ba y lo dispuesto en el art. 25\u00aa de la Ley Org\u00e1nica del Banco Ciudad, as\u00ed como lo estipulado en el Reglamento Interno de la Legislatura, y los pasos previstos en la Resoluci\u00f3n 9\/2013 de la Junta de \u00c9tica, Acuerdos y Organismos de Control que impuls\u00f3 el correspondiente procedimiento de acuerdo y al mismo tiempo convoc\u00f3 a la respectiva Audiencia P\u00fablica, se decidi\u00f3 que no existen inhabilidades que impidan la nominaci\u00f3n. Tras la prestaci\u00f3n del acuerdo manifestaron su reconocimiento a la tarea legislativa de Frigerio y destacaron cualidades de su personalidad varios diputados\/as de la oposici\u00f3n y del bloque oficialista al que pertenece. Por su parte, Frigerio agradeci\u00f3 los conceptos vertidos.  Posteriormente  renunci\u00f3 a su banca y en su reemplazo asumi\u00f3 Alejandra Caballero. <\/p>\n<p>Regulan la publicidad y exhibici\u00f3n de precios<\/p>\n<p>Quienes ofrezcan a consumidores finales bienes muebles o servicios en el \u00e1mbito de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires deben exhibir precios de acuerdo a lo establecido por la Ley. Adem\u00e1s, se declararon de utilidad p\u00fablica diversos inmuebles.<\/p>\n<p>El Cuerpo Parlamentario de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires en la sesi\u00f3n de este mediod\u00eda sancion\u00f3 una ley que tiene por objeto regular la exhibici\u00f3n y publicidad voluntaria de precios en todo el <\/p>\n<p>\u00e1mbito de la Ciudad. Se estableci\u00f3 que quienes ofrezcan a consumidores finales bienes muebles o servicios deben exhibir los precios. <\/p>\n<p>La norma est\u00e1 orientada a reunir en un mismo cuerpo legal varias leyes de la Ciudad que tienen en com\u00fan la regulaci\u00f3n de aspectos referidos a la publicidad y exhibici\u00f3n de precios, as\u00ed como tambi\u00e9n <\/p>\n<p>reagrupar las normas nacionales que sobre la materia se hallan dispersas en varias resoluciones. Se reunieron nueve leyes vigentes: 1207, 1752, 3437, 3955, 3632, 3745, 3960, 4211 y 4592 que <\/p>\n<p>resguardan derechos de consumidores y usuarios, y que tienen muchas similitudes entre s\u00ed.<\/p>\n<p>De esta manera, se acord\u00f3 que el precio deber\u00e1 expresarse en moneda de curso legal\u2013 pesos-, de contado y corresponder\u00e1 al importe total y final que deba abonar el consumidor final. En los casos en que se acepten adem\u00e1s otros medios o monedas de pago, tal circunstancia deber\u00e1 indicarse claramente en los lugares de acceso al establecimiento juntamente con el valor en pesos al que ser\u00e1 considerado el medio de pago de que se trate, salvo en el caso de que el medio de pago considerado sea una tarjeta de cr\u00e9dito, d\u00e9bito o compra, conforme lo previsto en el Art\u00edculo 37, inciso c) de la Ley 25.065. La norma implica la exhibici\u00f3n de precios en supermercados y autoservicios, carnicer\u00edas, panader\u00edas, farmacias, garages, autopistas y hoteles, entre otros, y tambi\u00e9n a la publicidad voluntaria de precios sugeridos, de servicio tur\u00edstico, recitales o figuras humanas modificadas di gitalmente. El Diputado Helio Rebot (PRO) es el impulsor de la iniciativa que fue aprobada con 51 votos afirmativos sobre un texto despachado por la Comisi\u00f3n parlamentaria de Defensa de los Consumidores y Usuarios .<\/p>\n<p>Establecimientos p\u00fablicos y privados deben disponer de asientos aptos para personas que padecen obesidad<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, con dictamen de mayor\u00eda se aprob\u00f3 el proyecto de Ley que dispone que todo establecimiento privado con atenci\u00f3n al p\u00fablico y en todos los restaurantes, confiter\u00edas, bares, pubs de m\u00e1s de cincuenta metros cuadrados de superficie, que se encuentren en el \u00e1mbito de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, deber\u00e1n disponer de asientos que sean aptos para personas que padecen de obesidad, sin ser oneroso para los mismos.<\/p>\n<p>Se estableci\u00f3 que los asientos deber\u00e1n tener un ancho entre ejes de brazos no inferior a 0,80 m y la profundidad m\u00ednima deber\u00e1 ser de 0,70 m. Conservar\u00e1n las dem\u00e1s caracter\u00edsticas de construcci\u00f3n del tipo de asiento que haya en el lugar donde se encuentren, asegurando la resistencia adecuada al efecto, y deber\u00e1n estar dispuestos de manera tal que no conformen un sector especial. \u00abAdem\u00e1s de los padecimientos f\u00edsicos, estas personas sufren ciertos estigmas sociales que se producen por la discriminaci\u00f3n constante por parte de una sociedad que mira hacia otro lado y que s\u00f3lo se preocupa <\/p>\n<p>por fijar estereotipos, desatendiendo las necesidades de aquellas personas que no se ajustan a aquellos. Desde el \u00e1mbito de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, adem\u00e1s de buscar el m\u00e9todo adecuado para la prevenci\u00f3n y tratamiento de la obesidad, se debe procurar que quienes padecen dicho trastorno puedan desenvolver sus actividades cotidianas de una manera normal, sin que la obesidad constituya para ellos un obst\u00e1culo para su normal desarrollo social\u00bb, sostuvo el diputado Daniel Lipovetzky (PRO) que present\u00f3 la iniciativa que cont\u00f3 con dictamen de la Comisi\u00f3n de Defensa de <\/p>\n<p>Consumidores y Usuarios y finalmente result\u00f3 aprobada con 53 votos positivos.<\/p>\n<p>Declaran de utilidad p\u00fablica a cinco inmuebles <\/p>\n<p>En la sesi\u00f3n de este jueves tambi\u00e9n se sancion\u00f3 la ley que declara de utilidad p\u00fablica y sujeto a ocupaci\u00f3n temporaria por dos a\u00f1os al inmueble ubicado en la calle Guemes 3657 del barrio de Palermo, donde estaba la empresa BIRQUE S.A. Se establece que debe ser destinado al funcionamiento de la Cooperativa de Trabajo \u00abLa Pe\u00f1a del Colo\u00bb Ltda. formada por los ex trabajadores de la empresa. Los autores de la iniciativa, Diputada Delia Bisutti (NE) y Diputado An\u00edbal Ibarra (FPP), expresaron en sus fundamentos: \u00abLa calidez en la atenci\u00f3n y el cuidado en los registros de nuestra  m\u00fasica popular, sumado al pintoresco fluir de argentinos y argentinas que llegan a expresarse tal cual son con sus t\u00edpicas costumbres de todo el pa\u00eds, convierten a La Pe\u00f1a del Colorado en uno de los  espacios m\u00e1s completos de Buenos Aires donde el visitante extranjero puede palpar la argentinidad sincera y c\u00e1lida\u00bb.<\/p>\n<p>En el mismo sentido, se declar\u00f3 al inmueble sito en la avenida Boedo 1967\/1971, de propiedad de Bigudi S.A. de utilidad p\u00fablica y sujeto a expropiaci\u00f3n. Ser\u00e1 asignado al Instituto de la Vivienda de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires a los efectos de que sea destinado a la construcci\u00f3n de viviendas sociales, para lo cual se inscribir\u00e1 dicho inmueble como bien de uso privado. La diputada Mar\u00eda Elena Naddeo (FPP) es la impulsora del proyecto. Su tratamiento fue seguido por varias \u00abfamilias que habitan el edificio amenazadas de desalojo desde hace m\u00e1s de 20 a\u00f1os\u00bb, destac\u00f3 la legisladora tras agradecer a sus pares el acompa\u00f1amiento.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n sobre tablas y con texto consensuado se declar\u00f3 de entidad p\u00fablica al inmueble ubicado en la calle Chascom\u00fas 5240\/58, el que ser\u00e1 concedido a t\u00edtulo gratuito por el t\u00e9rmino de 20 a\u00f1os a la Asociaci\u00f3n Civil Centro Cultural y Tradicionalista \u00abEl Fort\u00edn\u00bb, quien lo destinar\u00e1 al funcionamiento del Centro Cultural Tradicionalista \u201cBajo la Cruz del Sur \u2013 El Fort\u00edn de Celia Rocha\u201d. Este centro est\u00e1 fuertemente arraigado en el barrio de Mataderos y fue creado el 16 de febrero de 1988. A partir de entonces, la instituci\u00f3n brinda a la comunidad diferentes actividades, con el prop\u00f3sito de perpetuar la cultura de las ra\u00edces folkl\u00f3ricas de la Patria. Se trata del \u00fanico centro tradicionalista que a\u00fan existe en la Ciudad. \u00abDe todo lo expuesto, surge que tanto el solar como la instituci\u00f3n que en \u00e9l se a sienta representa un bien cultural de alto valor, fuertemente vinculado con la memoria colectiva del barrio de Mataderos, y de toda la Ciudad, resultando en el mejor inter\u00e9s de la Ciudad la adquisici\u00f3n del edificio en el que se asienta, a fin de preservar su funcionamiento par las generaciones venideras, incorpor\u00e1ndolas al \u00e1mbito de gesti\u00f3n del Estado\u00bb, sostuvieron los diputados Dante Gullo y Juan Cabandi\u00e9 (FpV) en sus fundamentos. La Diputada del bloque Coalici\u00f3n C\u00edvica Roc\u00edo S\u00e1nchez And\u00eda present\u00f3 una iniciativa en el mismo sentido.<\/p>\n<p>El inmueble ubicado en la calle Remedios de Escalada de San Mart\u00edn 2454 de la Ciudad de Buenos Aires fue declarado de utilidad p\u00fablica y sujeto a ocupaci\u00f3n temporaria por el t\u00e9rmino de dos a\u00f1os a trav\u00e9s de la aprobaci\u00f3n de un proyecto de ley presentado por el diputado Juan Cabandi\u00e9 (FpV). El predio y sus bienes muebles deben ser destinados al funcionamiento de la Cooperativa de Trabajo \u00abEx Trabajadores de Dulce Carola Ltda.\u00bb formada por los ex trabajadores de la ex empresa UNDERLEN SRL y Virtus SAIC, con la condici\u00f3n que la entidad contin\u00fae con la explotaci\u00f3n comercial que desarrollaba la mencionada empresa. Tambi\u00e9n se eximir\u00e1 a la Cooperativa del pago de todo impuesto, tasa, sellado o timbrado, que tenga origen en la tramitaci\u00f3n de las habilitaciones y certificaciones administrativas para la continuidad de la actividad des arrollada. \u00abLa Cooperativa est\u00e1 conformada por 43 trabajadores con una vasta experiencia que les permite proyectar el emprendimiento en un contexto econ\u00f3mico favorable para la industria\u00bb, afirm\u00f3 Cabandi\u00e9.<\/p>\n<p>En tanto, se declar\u00f3 de utilidad p\u00fablica y sujeto a expropiaci\u00f3n definitiva en los t\u00e9rminos de la Ley N\u00ba 238, el inmueble sito en la calle Sol\u00eds 1815 del barrio de Constituci\u00f3n perteneciente al \u00e1mbito de la Comuna 1. Ser\u00e1 afectado al Ministerio de Educaci\u00f3n del Gobierno de la Ciudad, a los efectos de la continuaci\u00f3n del funcionamiento de la Escuela N\u00ba 4 del Distrito Escolar 5 \u00abCoronel de Marina Tom\u00e1s Espora\u00bb en dicho predio. \u00abTanto la disposici\u00f3n espacial de las instalaciones como su estructura funcional convierten al edificio en un espacio adecuado para la escolaridad de ni\u00f1as y ni\u00f1os. Entendemos que contar con el propio dar\u00eda sentido a la realizaci\u00f3n de obras de mejoramiento edilicio de mayor envergadura: construcci\u00f3n de salas de educaci\u00f3n inicial para ni\u00f1os y ni\u00f1as de 2 y 3 a\u00f1os que hoy pr \u00e1cticamente no tienen oferta; generar un espacio de usos m\u00faltiples y\/o patio cubierto para el desarrollo de las clases de educaci\u00f3n f\u00edsica sin interferir con el dictado de clases en los grados; dar albergue a nuevas actividades fuera del horario escolar; apertura de ofertas de educaci\u00f3n tanto formal como no formal, Talleres de Formaci\u00f3n Profesional, etc\u00bb, sostuvieron en los fundamentos del proyecto la diputada Delia Bisutti (NE) y su par Francisco Nenna (FpV).<\/p>\n<p>Basura Cero: m\u00e1s obligaciones para grandes generadores<\/p>\n<p>La legislatura de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires sancion\u00f3 tambien una norma que modifica la Ley N\u00ba 1854 &#8211; llamada de Basura Cero &#8211; de manera que los generadores de residuos s\u00f3lidos urbanos en adelante son clasificados en individuales y especiales, concordante con el art\u00edculo 11 de la Ley Nacional N\u00ba 25.916 y los especiales -es decir los grandes generadores- deber\u00e1n hacerse cargo del transporte.<\/p>\n<p>El objetivo, mas all\u00e1 de generalizar una pr\u00e1ctica y una cultura de separaci\u00f3n en origen de los materiales desechados, es discernir claramente entre los grandes generadores de residuos y los consumidores, y establecer as\u00ed obligaciones diferentes; \u00abpor ello es necesario redefinir e implementar las obligaciones espec\u00edficas de los llamados generadores especiales, e incluir entre los mismos a todo aquel emprendimiento comercial que produzca m\u00e1s de 1000 kilogramos de residuos al mes, en consonancia con la Ley 14.273\/11 de la Provincia de Buenos Aires\u00bb, expresan los fundamentos de la ley.<\/p>\n<p>Deber\u00e1n adoptar medidas tendientes a disminuir la cantidad de residuos s\u00f3lidos urbanos que generan, y separar y clasificar los residuos en origen los siguientes \u00abgeneradores especiales de desechos\u00bb: Hoteles de 4 y 5 estrellas; edificios sujetos al r\u00e9gimen de la propiedad horizontal que posean m\u00e1s de 40 unidades funcionales; Bancos, Entidades Financieras y Aseguradoras; Supermercados, Minimercados, Autoservicios e Hipermercados; Shoppings, galer\u00edas comerciales y Centros Comerciales a Cielo Abierto; Centros Educativos Privados en todos sus niveles; Universidades de gesti\u00f3n p\u00fablica; locales que posean una concurrencia de m\u00e1s de 300 personas por eventos; Comercios, Industrias y toda otra actividad privada comercial que genere m\u00e1s de 500 litros por d\u00eda; Edificios P\u00fablicos radicados en la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires y establecimientos pertenecientes a una Cadena Comercial, ente ndi\u00e9ndose por \u00e9sta al conjunto de m\u00e1s de cinco establecimientos que se encuentren identificados bajo una misma marca comercial, sin distinci\u00f3n de su condici\u00f3n individual de sucursal o franquicia.<\/p>\n<p>Quienes sean alcanzados por la presente modificaci\u00f3n deber\u00e1n inscribirse en el Registro de Generadores Especiales del Ministerio de Ambiente y Espacio P\u00fablico de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires <\/p>\n<p>-o registro que lo reemplace- e incorporarse al programa de generadores privados de la Coordinaci\u00f3n Ecol\u00f3gica \u00c1rea Metropolitana Sociedad del Estado (CEAMSE), debiendo costear el transporte y disposici\u00f3n final de la fracci\u00f3n h\u00fameda de residuos por ellos producidos. La ley impulsada por la diputada Claudia Neira (FpV) con texto consensuado result\u00f3 aprobada sobre tablas sin discursos con 53 votos.<\/p>\n<p>Venta de anteojos s\u00f3lo en \u00f3pticas<\/p>\n<p>A los efectos de garantizar anteojos leg\u00edtimos de todo tipo, ya sean correctores, protectores y\/o filtrantes o solares, terap\u00e9uticos y todo elemento que tenga por fin interponerse en el campo <\/p>\n<p>visual para corregir sus vicios, que deber\u00e1n ser dispensados al p\u00fablico \u00fanicamente en las casas de \u00f3pticas o locales afines, previamente habilitados se aprob\u00f3 una ley con 50 votos positivos y 2 <\/p>\n<p>abstenciones.<\/p>\n<p>Se prohibi\u00f3 dentro del territorio de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, la venta ambulante de anteojos de todo tipo, ya sea en la v\u00eda p\u00fablica, en los transportes, quioscos,  almacenes, g\u00f3ndolas o <\/p>\n<p>exhibidores en supermercados, en la web y en todo establecimiento o local que no sea una casa de \u00f3ptica o locales afines debidamente habilitados. Quedan exceptuados aquellos productos que no son <\/p>\n<p>elaborados con lentes oft\u00e1lmicas, como cascos con visor, antiparras, y m\u00e1scaras para trabajos con materiales abrasivos, soldaduras o actividades deportivas espec\u00edficas y los instrumentos de <\/p>\n<p>magnificaci\u00f3n \u00f3ptica, binoculares, lupas sin armaz\u00f3n de anteojos, telescopios y todos aquellos que no tengan por objeto la correcci\u00f3n \u00f3ptica, ni filtrante solar y est\u00e9n destinados para actividades <\/p>\n<p>espec\u00edficas y ocasionales.<\/p>\n<p>La Agencia Gubernamental de Control o el organismo que en un futuro lo reemplace, ejercer\u00e1 el poder de polic\u00eda y podr\u00e1 hacer acuerdos con organismos nacionales a los efectos de cumplir su cometido. <\/p>\n<p>Otorgada la habilitaci\u00f3n, para su apertura al p\u00fablico, el establecimiento deber\u00e1 exhibir en su frente el nombre del propietario, y en el interior en lugar bien visible el diploma del profesional <\/p>\n<p>\u00f3ptico t\u00e9cnico y\/o contact\u00f3logo que ejercer\u00e1 la Direcci\u00f3n T\u00e9cnica. El profesional \u00d3ptico estar\u00e1 a cargo de la direcci\u00f3n t\u00e9cnica de la casa de \u00f3ptica y deber\u00e1 ser la cara visible de la misma, <\/p>\n<p>concurriendo diariamente en forma regular y permanente al establecimiento. Para la norma se entiende por ejercicio del profesional \u00f3ptico, anunciar, confeccionar o expender medios \u00f3pticos.<\/p>\n<p>Toda casa de \u00f3ptica deber\u00e1 contar con: Un \u00d3ptico T\u00e9cnico o contact\u00f3logo matriculado, quien estar\u00e1 a cargo de la direcci\u00f3n t\u00e9cnica, y ser\u00e1 responsable ante la autoridad de aplicaci\u00f3n, del <\/p>\n<p>cumplimiento de la ley; el mobiliario, instrumental y equipamiento que se emplee en las zonas de atenci\u00f3n al p\u00fablico, distribuido de forma que queden espacios libres para la atenci\u00f3n y para las <\/p>\n<p>tareas inherentes a la profesi\u00f3n; habilitaci\u00f3n. Por otra parte, las casas de \u00f3ptica instaladas o a instalarse, pertenecientes a obras sociales, entidades mutuales o asociaciones sin fines de lucro, <\/p>\n<p>limitar\u00e1n el otorgamiento de beneficios a las personas afiliadas a dichas entidades. Deber\u00e1n cumplir con todos los requisitos exigidos por esta ley, pertenecer en forma exclusiva a la asociaci\u00f3n o <\/p>\n<p>entidad permisionaria y ser administrada directamente por la entidad, no pudiendo ser cedidas, dadas en concesi\u00f3n o locaci\u00f3n, ni explotadas por terceras personas.<\/p>\n<p>Los anteojos con graduaci\u00f3n o de receta, se confeccionar\u00e1n en base a la correspondiente prescripci\u00f3n de cada persona, con la correcci\u00f3n, el centrado, los materiales, colores y tratamientos <\/p>\n<p>adecuados para la misma; quedando prohibida la importaci\u00f3n y fabricaci\u00f3n, exhibici\u00f3n y\/o venta de anteojos pregraduados destinados a la correcci\u00f3n \u00f3ptica de ametrop\u00edas o presbicia. El plazo de <\/p>\n<p>caducidad de la prescripci\u00f3n de la receta ser\u00e1 de un a\u00f1o contado desde la fecha de su emisi\u00f3n, conforme la normativa internacional en la materia. Fue regulada, adem\u00e1s, la propaganda permitida a las <\/p>\n<p>casas de \u00f3ptica. El autor de la iniciativa fue el diputado Jorge Garayalde (PRO) y la misma recibi\u00f3 dictamen positivo de la Comisi\u00f3n de Salud; la aprobaci\u00f3n sobre tablas sin discursos result\u00f3 de 50 <\/p>\n<p>votos por la afirmativa y dos abstenciones .<\/p>\n<p>Principio de sustentabilidad en la Ley de Compras y Contrataciones<\/p>\n<p>La Legislatura porte\u00f1a aprob\u00f3 este jueves en sesi\u00f3n ordinaria una modificaci\u00f3n al inciso 9\u00ba del art\u00edculo 7\u00ba de la Ley N\u00ba 2095 de Compras y Contrataciones de la ciudad que establece el Principio de <\/p>\n<p>Sustentabilidad. La Ley 2095 establece las normas b\u00e1sicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector P\u00fablico de la Ciudad, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y regular las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos.<\/p>\n<p>De acuerdo a la reforma, en adelante \u00abLas compras y contrataciones deber\u00e1n ajustarse a \u00abcriterios de sustentabilidad de manera gradual y progresiva\u00bb. Agrega que \u00abestos criterios suponen considerar , adem\u00e1s de aspectos econ\u00f3micos, los impactos que el producto, obra o servicio puedan tener sobre el ambiente. Se deber\u00e1n utilizar materiales y tecnolog\u00edas que reduzcan al m\u00ednimo los impactos ambientales , as\u00ed como procurar la reducci\u00f3n de los niveles de consumo de agua y energ\u00eda, y la emisi\u00f3n de sustancias contaminantes. Se deber\u00e1 considerar la m\u00e1xima categor\u00eda de eficiencia energ\u00e9tica disponible en cada producto a adquirir. Se propendr\u00e1 en todos los casos a incrementar el uso de materiales reciclables, reutilizables, biodegradables y de materiales reciclados\u00bb. <\/p>\n<p>El proyecto original fue presentado por la diputada Mar\u00eda Jos\u00e9 Lubertino (FpV) y luego fue debatido en la Comisi\u00f3n de Ecolog\u00eda que gener\u00f3 un despacho. Finalmente se aprob\u00f3 sobre tablas con 53 votos un texto consensuado.<\/p>\n<p>Calle \u00abPalestina\u00bb por \u00abEstado de Palestina\u00bb <\/p>\n<p>Recibi\u00f3 sanci\u00f3n definitiva la ley que cambia el nombre de la actual calle \u00abPalestina\u00bb, ubicada en el barrio de Almagro -que corre desde la calle Teniente Gral. Juan Domingo Per\u00f3n, hasta la calle Jos\u00e9 Antonio Cabrera-, por el de \u00abEstado de Palestina\u00bb. La norma introducida hoy sobre tablas result\u00f3 apoyada por 59 votos positivos y la \u00fanica abstenci\u00f3n del diputado Daniel Lipovetzky (PRO). Fue tratada recientemente en Audiencia P\u00fablica y en los fundamentos la autora de la iniciativa, diputada Mar\u00eda Elena Naddeo (FPP), afirma: \u00abCreemos que la comunidad internacional se ha expedido <\/p>\n<p>claramente acerca de la necesidad de poner fin a las agresiones mutuas, a las pol\u00edticas de apartheid derivadas del muro, a las colonias israel\u00edes segregadas de la poblaci\u00f3n palestina y a los controles militares que oprimen a \u00e9sta. Es constante t ambi\u00e9n el reclamo de la liberaci\u00f3n de los miles de presos palestinos internados en c\u00e1rceles israel\u00edes. Es un\u00e1nime tambi\u00e9n el rechazo de la mayor\u00eda de los pa\u00edses a cualquier agresi\u00f3n que se produzca entre ambos pueblos. La posici\u00f3n argentina ha quedado plasmada a trav\u00e9s del decreto Nacional 1882\/2010 que establece en su art\u00edculo 1\u00ba el reconocimiento de Palestina como Estado libre e independiente\u00bb. <\/p>\n<p>Ley regula a los Clubes de barrio<\/p>\n<p> La norma regulariza la situaci\u00f3n edilicia. Tambi\u00e9n se sancion\u00f3 una normativa para los agregados a fachadas y muros de edificaciones, y se otorg\u00f3 la denominaci\u00f3n <\/p>\n<p>\u00abLos Perales\u00bb al barrio de Mataderos, entre otros temas que fueron recientemente apoyados en Audiencias P\u00fablicas.<\/p>\n<p>La Legislatura de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires sancion\u00f3 en forma definitiva una ley que regulariza la situaci\u00f3n de los clubes de barrio incluidos en el C\u00f3digo de Planeamiento Urbano. La norma se refiere a aquellos establecimientos destinados a usos deportivos, sociales y culturales con instalaciones cubiertas y\/o descubiertas que est\u00e9n comprendidos por la Ley N\u00b0 1807.<\/p>\n<p>A estas instituciones se les otorg\u00f3 su propia legislaci\u00f3n, de manera independiente a los grandes clubes, a fin de regularizar su situaci\u00f3n a nivel de planificaci\u00f3n urbana y edilicia. En cuanto a la facturaci\u00f3n anual permitida a los clubes de barrio se sube el monto de $ 1.000.000 a $ 1.500.000 por otra ley aprobada hoy sobre tablas que adem\u00e1s establece que ser\u00e1 actualizado por la aplicaci\u00f3n del \u00cdndice de precios de la ciudad recientemente creado. Hasta el momento pod\u00eda ser actualizado anualmente con la modificaci\u00f3n de la ley. Ambos proyectos fueron impulsados por la diputada Karina Spalla (PRO). La misma actualizaci\u00f3n fue establecida para el Fondo del Deporte como una fuente de recursos para est\u00edmulo de las actividades. El monto de \u00e9ste fondo pas\u00f3 hoy de $ 6.500.000 a $ 10.000.000, seg\u00fan lo prev\u00e9 la Ley N\u00ba&#038;nbs p;1624.<\/p>\n<p>Tras la aprobaci\u00f3n del Cuerpo parlamentario Spalla destac\u00f3 que \u00abse arrib\u00f3 al consenso con un trabajo con dirigentes de los clubes y vecinos a favor de las necesidades de los vecinos\u00bb y agradeci\u00f3 a los diputados Mateo Romeo (FpV), Adri\u00e1n Camps (PSur), Roberto Quatromano (PRO), Laura Garc\u00eda Tu\u00f1\u00f3n (BApT) y Daniel Amoroso (CP) que colaboraron para lograr los acuerdos requeridos. El 10 de octubre pasado la norma hab\u00eda sido aprobada en primera lectura y el martes 3 de diciembre \u00faltimo debatida en Audiencia P\u00fablica donde fue apoyada por dirigentes de clubes de distintos barrios porte\u00f1os. <\/p>\n<p>Este expediente fue despachado por la Comisi\u00f3n de Planeamiento Urbano que estim\u00f3 su aporte para permitir un uso m\u00e1s intensivo del suelo para los clubes a fin que los mismos puedan potenciar su desarrollo y equipamiento, en pos de la comunidad. \u00abLas limitantes existentes en alturas y ocupaci\u00f3n del suelo actuales son un escollo para la inversi\u00f3n en infraestructura deportiva, y con ello para el crecimiento de estas instituciones\u00bb, sosten\u00edan los legisladores entre los fundamentos.<\/p>\n<p>La diputada Spalla recordaba en su proyecto que \u00abestos clubes nacen a principios de 1900, muchos fundados por inmigrantes gallegos, catalanes, italianos, como lugares de encuentro y recreaci\u00f3n. A lo largo de las siguientes d\u00e9cadas, fueron tomando fuerza, y constituy\u00e9ndose como n\u00facleos fundamentales de la identidad colectiva en los distintos barrios, a partir de los cuales se forjaron lazos comunitarios, consolidando el sentido de pertenencia de una comunidad\u00bb. \u00abEn los a\u00f1os 60 y 70, se convirtieron en espacios de reuni\u00f3n y militancia pol\u00edtica. Con los a\u00f1os de dictadura militar, muchos de estos espacios se desvanecieron. A continuaci\u00f3n, se sumaron los problemas econ\u00f3micos. Sostenerse \u00fanicamente con las cuotas de los socios resulta imposible. Spalla tambi\u00e9n argument\u00f3: \u00abEscuchamos, en boca de los integrantes de los clubes que tratamos, el esfuerzo que hacen por manten er actividades y ampliar el n\u00famero de socios, en particular chicos, al ver que su funci\u00f3n es irreemplazable\u00bb.<\/p>\n<p>Normativa para los agregados a fachadas y muros de edificaciones.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n fueron sancionadas en forma definitiva dos leyes que modifican el C\u00f3digo de la Edificaci\u00f3n de la C.A.B.A. en lo referente a agregados a las fachadas de edificaciones y sus muros visibles desde la v\u00eda p\u00fablica y en lo relacionado a cortinas, motores y\/o enrolladores de cortinas. Ambas normas fueron aprobadas inicialmente el 10 de octubre pasado y consideradas el 3 de diciembre en <\/p>\n<p>Audiencia P\u00fablica, sin recibir ninguna oposici\u00f3n. La autora de los proyectos aprobados sobre tablas fue la diputada Gabriela Seijo (PRO).<\/p>\n<p>La primera de las leyes establece la obligaci\u00f3n para los edificios nuevos de prever lugares especialmente destinados al posible emplazamiento de los aparatos de aires acondicionadores y climatizadores de  ambientes. En los edificios existentes, deber\u00e1 priorizarse la ubicaci\u00f3n de los equipos en balcones o terrazas para que el artefacto acondicionador de aire o climatizador pueda ser emplazado. Esta restricci\u00f3n queda incluida en una m\u00e1s amplia del C\u00f3digo que s\u00f3lo permite agregados cuando no se afecte la composici\u00f3n arquitect\u00f3nica del edificio y la est\u00e9tica del lugar.<\/p>\n<p>Es as\u00ed que en los distritos Urbanizaci\u00f3n Determinada, Arquitectura Especial y \u00c1rea de Protecci\u00f3n Hist\u00f3rica, como en los edificios catalogados individualmente, los equipos podr\u00e1n ser ubicados dentro de balcones y terrazas o internamente de tal manera que no menoscabe la composici\u00f3n del edificio. Adem\u00e1s, queda prohibida la instalaci\u00f3n de equipos del tipo \u201cde ventana\u201d en las fachadas.<\/p>\n<p>Las dos iniciativas tienen el objetivo de \u00abmejorar la calidad espacial y ambiental de la Ciudad, a la vez que reducir los factores de riesgo, as\u00ed como la contaminaci\u00f3n visual\u00bb, seg\u00fan se detallaba en los dos despachos elaborados por la Comisi\u00f3n de Planeamiento Urbano. Entre los fundamentos los diputados destacaban tambi\u00e9n que \u00abresulta evidente el impacto negativo de la colocaci\u00f3n desorganizada y desmedida de equipos de aires acondicionadores y climatizadores de  ambientes sin respetar ninguna valoraci\u00f3n respecto del paisaje urbano\u00bb.<\/p>\n<p>La otra ley sancionada hoy proh\u00edbe la instalaci\u00f3n de motores y\/o enrolladores de cortinas hacia el exterior de la l\u00ednea oficial de la fachada. El despacho correspondiente especificaba: \u00abUsualmente, <\/p>\n<p>los motores sobresalen unos 0.80 metros de la l\u00ednea oficial de la fachada, y muchas veces son tapados con marquesinas salientes. De igual modo, constituye un factor de riesgo las vibraciones del <\/p>\n<p>accionar del motor para levantar la cortina, por el desajuste que los mismos provocan sobre los elementos de sujeci\u00f3n, como ser bulones, tornillos, brocas y otros componentes, con el correspondiente peligro para el peat\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>A partir de la publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial de la CABA, se estableci\u00f3 un plazo de 24 meses para la readecuaci\u00f3n de los edificios en consonancia con la nueva normativa.<\/p>\n<p>Modificaci\u00f3n al sistema de inodoros<\/p>\n<p>Se incorpor\u00f3, a trav\u00e9s de una ley impulsada por la diputada Mar\u00eda Jos\u00e9 Lubertino (FpV), un p\u00e1rrafo al C\u00f3digo de Edificaci\u00f3n referido a las instalaciones sanitarias que establece que los edificios <\/p>\n<p>nuevos p\u00fablicos y privados deber\u00e1n incluir solamente inodoros con mecanismo de descarga de doble pulsador o similar, que posibilite la discriminaci\u00f3n de uso seg\u00fan la necesidad de uso. La ley,  que super\u00f3 la instancia de Audiencia P\u00fablica, recibi\u00f3 eset jueves sanci\u00f3n definitiva.<\/p>\n<p>\u00abLa sola instalaci\u00f3n de un equipo de doble descarga posibilita un ahorro considerable de agua en  comparaci\u00f3n con sistemas de descarga completa, gracias a la discriminaci\u00f3n de uso por micciones, 5  veces m\u00e1s usadas que por deposiciones\u00bb, expresa en los fundamentos la autora de la iniciativa. Y agrega que \u00aben nuestro pa\u00eds ya contamos con inodoros con sistema de doble pulsador, que permite efectuar descargas de 6 \/ 9 litros o 3 litros, brindando a quien lo instala y utiliza la posibilidad de recurrir a la descarga reducida, y obtener as\u00ed un ahorro muy importante de agua en  comparaci\u00f3n con los sistemas tradicionales de descarga completa\u00bb. Las disposiciones de la norma ser\u00e1n obligatorias a partir de los 2 a\u00f1os de su publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n al barrio \u00abLos Perales\u00bb<\/p>\n<p>Por unanimidad de los 60 legisladores porte\u00f1os fue sancionada definitivamente una ley que establece el nombre de \u00abLos Perales\u00bb al complejo habitacional cuyo per\u00edmetro est\u00e1 rodeado por las calles <\/p>\n<p>Eva Per\u00f3n, Lisandro de la Torre, Justo Suarez y Carhu\u00e9. La iniciativa legislativa fue del Vicepresidente I diputado Cristian Ritondo (PRO) y su par Roberto Quattromano (PRO).<\/p>\n<p>Durante el gobierno de Per\u00f3n en materia de vivienda social hubo un flujo migratorio importante. Los barrios obreros se incrementaron y el complejo habitacional \u00abLos Perales\u00bb fue uno de ellos, precisamente en el terreno donde exist\u00eda anteriormente un peque\u00f1o asentamiento llamado \u201cCiudad Perdida\u201d. En 1955, con el golpe de Estado autodenominado Revoluci\u00f3n Libertadora, que derroc\u00f3 a Per\u00f3n, el barrio Los Perales, estigmatizado, fue renombrado por una Ordenanza como \u00abManuel Dorrego\u00bb, y la Escuela, en ese entonces llamada \u00abJusticialista\u00bb, paso a llamarse \u00abRoma\u00bb.<\/p>\n<p>La norma hab\u00eda sido aprobada inicialmente y fue tratada en la Audiencia P\u00fablica que presidi\u00f3 la diputada L\u00eda Rueda (PRO) en calidad de presidenta de la Comisi\u00f3n de Cultura y en esta instancia de <\/p>\n<p>participaci\u00f3n un vecino apoy\u00f3 el proyecto y no hubo ninguna manifestaci\u00f3n en contra.<\/p>\n<p>Ratifican medidas experimentales en materia de tr\u00e1nsito<\/p>\n<p>Fue aprobada con 51 votos positivos una ley propuesta por el Jefe de Gobierno porte\u00f1o que ratifica medidas transitorias y experimentales en materia de tr\u00e1nsito y transporte dictadas entre diciembre de 2011 y octubre de 2012 en consonancia con el informe t\u00e9cnico de la Direcci\u00f3n General de Tr\u00e1nsito del Ejecutivo.<\/p>\n<p>Se mantienen las disposiciones que establecen: doble sentido de circulaci\u00f3n a la calle Jos\u00e9 Le\u00f3n Pagano entre Austria y Tagle; asigna sentido \u00fanico de circulaci\u00f3n a la calle Estrada desde Del Barco Centenera hasta Emilio Mitre; asigna sentido \u00fanico de circulaci\u00f3n a la calle Valdenegro desde Av. Gral. Paz hasta Av. Ruiz Huidobro; dispone doble sentido de circulaci\u00f3n asim\u00e9trico a la calle Ar\u00e9valo entre Paraguay y Guatemala, sentido \u00fanico a la calle Guatemala desde Ar\u00e9valo hasta Dorrego y prohibici\u00f3n de estacionamiento junto a la acera Norte de la calle Ar\u00e9valo entre Paraguay y Guatemala; asigna sentido \u00fanico de circulaci\u00f3n a la calle Meli\u00e1n desde Quesada hasta Manuela Pedraza; sentido \u00fanico de circulaci\u00f3n a la calle Besares desde 11 de Septiembre hasta O Higgins, proh\u00edbe el estacionamiento en el paso bajo nivel de la calle Besares entre 3 de Febrero y Grecia; permiso para estacionar de diversas formas en la calle R\u00f3mulo S. Na\u00f3n entre Av. Olaz\u00e1bal y Monroe; sentido \u00fanico de circulaci\u00f3n a tramos de las calles Roque P\u00e9rez, O Higgins e Iber\u00e1.<\/p>\n<p>Se derogan las disposiciones que establecen: prohibici\u00f3n del giro a la izquierda hacia la calle Sarmiento de los veh\u00edculos que circulan por Av. 9 de Julio; sentido \u00fanico de circulaci\u00f3n a la calle 25 de Mayo desde Tte. Gral. Per\u00f3n hasta Av. Corrientes<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se determin\u00f3 que en el interior de los t\u00faneles, pasos bajo nivel y en los puentes rige la prohibici\u00f3n de estacionar, que rige tambi\u00e9n en la zona de acceso y egreso de los mismos, hasta una distancia que en cada caso establece la autoridad de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Calle Bol\u00edvar, doble mano frente al Cabildo<\/p>\n<p>La Legislatura asign\u00f3 doble sentido de circulaci\u00f3n a la calle Bol\u00edvar en el tramo comprendido entre la Av. de Mayo y la calle Hip\u00f3lito Yrigoyen, con sentidos invertidos, a trav\u00e9s de la sanci\u00f3n de una ley que obtuvo 51 votos positivos. Adem\u00e1s se determin\u00f3 car\u00e1cter de v\u00eda exclusiva para el transporte p\u00fablico de pasajeros al carril con sentido hacia el Norte de la calle Bol\u00edvar entre la Av. de Mayo y la calle Hip\u00f3lito Yrigoyen los d\u00edas h\u00e1biles entre las 8:00 y las 20:00 horas, por lo cual en este horario s\u00f3lo podr\u00e1n ingresar y circular por este carril los veh\u00edculos afectados al transporte p\u00fablico de pasajeros por automotor debidamente autorizados y los autom\u00f3viles de alquiler con tax\u00edmetro, as\u00ed como los veh\u00edculos en situaci\u00f3n de emergencia. La iniciativa corresponde a los diputados Claudio Palmeyro y Gabriela Alegre (FpV).<\/p>\n<p>En el tramo de la calle Bol\u00edvar entre Av. de Mayo e Hip\u00f3lito Yrigoyen se proh\u00edbe el estacionamiento y la detenci\u00f3n de cualquier veh\u00edculo, as\u00ed como tambi\u00e9n la colocaci\u00f3n de volquetes, vallas de obra o cualquier otro elemento que pueda afectar a la circulaci\u00f3n vehicular. <\/p>\n<p>Reserva en Secretar\u00eda<\/p>\n<p>Se reservaron en Secretar\u00eda los expedientes 0486\/13 sobre Inspectores de Trabajo, el 0518\/13 Creaci\u00f3n del Instituto de Evaluaci\u00f3n de la Calidad Educativa; el 0488\/13 de Predio escindido de la zona de v\u00edas  y playas de maniobras de la  estaci\u00f3n de Caballito.     <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En la sesi\u00f3n de este jueves el Cuerpo Parlamentario vot\u00f3 positivamente el desarrollo de la Comuna 8 en la que se cre\u00f3 el Distrito del Deporte y se busca promover la urbanizaci\u00f3n incluyendo en esa zona la obligaci\u00f3n de construcci\u00f3n del \u00e1rea ol\u00edmpica, sede de los Juegos Ol\u00edmpicos de la Juventud. 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