{"id":44360,"date":"2014-11-07T09:20:33","date_gmt":"2014-11-07T09:20:33","guid":{"rendered":"http:\/\/www.buenosairesdiario.com\/?p=44360"},"modified":"2014-11-07T15:21:27","modified_gmt":"2014-11-07T15:21:27","slug":"migraciones-empieza-a-cumplir-el-sueno-de-berni-mas-controles-a-extranjeros","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/legislaturahoy.com\/?p=44360","title":{"rendered":"Migraciones empieza a cumplir el sue\u00f1o de Berni: M\u00e1s controles a extranjeros"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/noticiasbaires.com\/wp-content\/uploads\/2012\/12\/berni.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/noticiasbaires.com\/wp-content\/uploads\/2012\/12\/berni.jpg\" alt=\"\" title=\"berni\" width=\"275\" height=\"230\" class=\"aligncenter size-full wp-image-27375\" \/><\/a>El 21\/10, la presidente Cristina Fern\u00e1ndez anunci\u00f3 en cadena nacional el env\u00edo al Congreso del proyecto de reforma del C\u00f3digo Penal con penas m\u00e1s severas y de expulsi\u00f3n de extranjeros. Desde entonces, el Secretario de Seguridad, Sergio Berni se convirti\u00f3 en el principal militante de la causa contra los extranjeros que delinquen en el pa\u00eds, a\u00fan contra la opini\u00f3n del ala m\u00e1s \u2018progre\u2019 del kirchnerismo. Mientras el Parlamento discute al proyecto de ley, este viernes (7\/11) se public\u00f3 en el Bolet\u00edn Oficial una disposici\u00f3n de Migraciones que refuerza los controles sobre los denominados \u00abfalsos turistas\u00bb.<\/p>\n<p>CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24).- El martes 19\/08 el Secretario de Seguridad, Sergio Berni comenz\u00f3 a instalar el debate en torno de la inseguridad sobre todo refiri\u00e9ndose a los delitos cometidos por ciudadanos extranjeros. \u00abLes pido a los legisladores que le den herramientas \u00e1giles a la Justicia para que cuando detengamos delincuentes extranjeros que vienen a la Argentina a delinquir salgan del pa\u00eds y no puedan entrar nunca m\u00e1s\u00bb, exigi\u00f3 el funcionario nacional. Antes, desde el PRO se hab\u00eda filtrado un proyecto sobre deportaciones que el kirchnerismo denost\u00f3. Desde entonces, el ala m\u00e1s \u2018progre\u2019 del Gobierno, representada principalmente por el periodista Horacio Verbitsky, enfrent\u00f3 la postura de Berni, pero Cristina Fern\u00e1ndez hizo un giro de 180 grados en su discurso y el 21\/10 anunci\u00f3 en cadena nacional el env\u00edo al Congreso del proyecto de reforma del C\u00f3digo Penal con penas m\u00e1s severas y de expulsi\u00f3n de extranjeros.<\/p>\n<p>Mientras el proyecto se discute en el Parlamento, se conoci\u00f3 este viernes (7\/11) una disposici\u00f3n de Migraciones que refuerza los controles sobre los turistas.<\/p>\n<p>Mediante la Disposici\u00f3n 4362\/2014, sobre \u201cProcedimiento para la resoluci\u00f3n de casos sobre sospecha fundada en la subcategor\u00eda turista\u00bb, Migraciones difundi\u00f3 el \u00abmarco normativo\u00bb, las \u00abpautas eficaces\u00bb y el \u00abprocedimiento\u00bb a seguir en las fronteras de la Argentina con las personas sospechadas con \u00abfundamento\u00bb de no ser \u00abturistas\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abEn caso de que el supervisor resuelva el rechazo del extranjero por no encuadrar en la \u00absubcategor\u00eda turista\u00bb, se deber\u00e1 registrar el mismo en el sistema inform\u00e1tico bajo el incidente \u00abRechazo falso turista\u00bb, procediendo inmediatamente a su reconducci\u00f3n\u00bb, establece la norma en su art\u00edculo 8\u00b0.<\/p>\n<p>En otro p\u00e1rrafo de la disposici\u00f3n, la misma menciona que \u00abresulta necesario fijar pautas objetivas que permitan determinar la condici\u00f3n de turistas\u00bb de los extranjeros.<\/p>\n<p>La medida se conoce adem\u00e1s a pocos d\u00edas de incidente protagonizado por la custodia del fiscal Carlos Stornelli, donde fueron detenidos colombianos con antecedentes penales y que estaban organizando un delito.<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n el Disposici\u00f3n 4362\/2014:<\/p>\n<p>\u201cProcedimiento para la resoluci\u00f3n de casos sobre sospecha fundada en la subcategor\u00eda turista\u201d. Formularios. Aprobaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Bs. As., 4\/11\/2014<\/p>\n<p>VISTO el Expediente N\u00b0 S02:0008463\/2014 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la \u00f3rbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley N\u00b0 25.871, el Decreto N\u00b0 616 del 3 de mayo de 2010, la Resoluci\u00f3n DNM N\u00b0 1089 del 20 de mayo de 1985, la Disposici\u00f3n DNM N\u00b0 923 del 20 de junio de 1995, la Disposici\u00f3n DNM N\u00b0 2303 del 19 de noviembre de 2010, y CONSIDERANDO: Que la Resoluci\u00f3n DNM N\u00b0 1089\/85 establece las instrucciones a seguir en caso de que se presenten al control migratorio personas que manifiesten la intenci\u00f3n de ingresar a la REPUBLICA ARGENTINA en calidad de turistas. Que la Disposici\u00f3n DNM N\u00b0 923\/95 complementa a la anterior, en tanto que ha venido a actualizar sus instrucciones. Que la Ley de Migraciones N\u00b0 25.871, en su art\u00edculo 24, establece que los extranjeros que ingresen al pa\u00eds como \u201cresidentes transitorios\u201d podr\u00e1n ser admitidos en algunas de las subcategor\u00edas que se mencionan, estableciendo en su inciso a) la subcategor\u00eda turista. Que el Decreto N\u00b0 616\/10, reglamentario de la Ley de Migraciones, establece los alcances del t\u00e9rmino \u201cturista\u201d, entendi\u00e9ndose por tal a quien ingrese al pa\u00eds con prop\u00f3sito de descanso o esparcimiento, con un plazo de permanencia autorizada de hasta TRES (3) meses, prorrogables por otro per\u00edodo similar. Que de acuerdo a lo prescripto por el art\u00edculo 5\u00b0 de la Ley N\u00b0 25.871, resulta necesario fijar pautas objetivas que permitan determinar la condici\u00f3n de turistas de aquellos ciudadanos extranjeros que manifiestan su intenci\u00f3n de ingresar al Territorio Nacional en dicha subcategor\u00eda. Que, en consecuencia, es necesario determinar la calidad de turista a partir de elementos objetivos identificables por cualquier observador experimentado, atendiendo a circunstancias externas y f\u00e1cilmente verificables. Que la decisi\u00f3n puntual de permitir o rechazar el ingreso de un extranjero al pa\u00eds constituye una facultad reglada de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES. Que el art\u00edculo 107 del Decreto N\u00b0 616\/10 prescribe que la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES tiene competencia para dictar las normas procedimentales y aclaratorias necesarias para el mejor cumplimiento de los objetivos de la ley. Que la presente medida se dicta en concordancia con los principios generales y objetivos de la Ley N\u00b0 25.871, en particular el art\u00edculo 3\u00b0 inciso i) cuando se refiere a facilitar la entrada de visitantes a la REPUBLICA ARGENTINA con el prop\u00f3sito de impulsar el turismo. Que la Ley N\u00b0 25.871 en su art\u00edculo 35, y el inciso a) del art\u00edculo 35 del Decreto N\u00b0 616\/10 establecen los supuestos en los que procede el rechazo en frontera. Que cualquiera sea el motivo del rechazo en frontera de un extranjero corresponde que se asiente la incidencia en los Registros Nacionales correspondientes del aplicativo SISTEMA INTEGRAL DE CAPTURA MIGRATORIA (SICaM). Que resulta oportuno actualizar el marco normativo y fijar pautas eficaces dirigidas al personal destacado al control de ingreso y egreso de extranjeros al momento de someterse al control migratorio. Que la DIRECCION GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO y la DIRECCION GENERAL DE SISTEMAS Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION se han expedido en forma favorable a la medida propuesta. Que la DIRECCION GENERAL TECNICA &#8211; JURIDICA de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES ha tomado la intervenci\u00f3n que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el art\u00edculo 29 de la Ley N\u00b0 25.565 y el Decreto N\u00b0 1410 del 3 de diciembre de 1996, de conformidad con lo dispuesto por el art\u00edculo 107 del Decreto N\u00b0 616 del 3 de mayo de 2010. Por ello,<\/p>\n<p>EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES DISPONE:<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0 \u2014 D\u00e9jase sin efecto la Resoluci\u00f3n DNM N\u00b0 1089 del 20 de mayo de 1985, la Disposici\u00f3n DNM N\u00b0 923 del 20 de junio de 1995 y toda otra norma posterior que se oponga a la presente medida.<\/p>\n<p>Art. 2\u00b0 \u2014 Apru\u00e9base el \u201cPROCEDIMIENTO PARA LA RESOLUCION DE CASOS SOBRE SOSPECHA FUNDADA EN LA SUBCATEGORIA TURISTA\u201d, conforme lo normado en el art\u00edculo 24 inciso a) de la Ley N\u00b0 25.871, el que como ANEXO I integra la presente disposici\u00f3n.<\/p>\n<p>Art. 3\u00b0 \u2014 Apru\u00e9base el \u201cFORMULARIO DE DECLARACION EN FRONTERA\u201d que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente medida.<\/p>\n<p>Art. 4\u00b0 \u2014 Apru\u00e9base el \u201cPROCEDIMIENTO DE CONSTATACION DE SALIDA Y REGISTRACION\u201d, instructivo que como ANEXO III forma parte integrante de la presente disposici\u00f3n.<\/p>\n<p>Art. 5\u00b0 \u2014 Apru\u00e9base el Formulario \u201cPARTE DIARIO OPERATIVO &#8211; DESCRIPTIVO\u201d de las novedades acaecidas en los distintos pasos fronterizos, que como ANEXO IV integra la presente.<\/p>\n<p>Art. 6\u00b0 \u2014 Instr\u00fayase a la DIRECCION GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO y a la DIRECCION GENERAL DE SISTEMAS Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION para que, en el \u00e1mbito de sus respectivas competencias, arbitren los medios tendientes a la implementaci\u00f3n del procedimiento aqu\u00ed establecido.<\/p>\n<p>Art. 7\u00b0 \u2014 Reg\u00edstrese, comun\u00edquese, publ\u00edquese, d\u00e9se a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y arch\u00edvese. \u2014 Mart\u00edn A. Arias Duval.<\/p>\n<p>www.urgente24.com<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El 21\/10, la presidente Cristina Fern\u00e1ndez anunci\u00f3 en cadena nacional el env\u00edo al Congreso del proyecto de reforma del C\u00f3digo Penal con penas m\u00e1s severas y de expulsi\u00f3n de extranjeros. Desde entonces, el Secretario de Seguridad, Sergio Berni se convirti\u00f3 en el principal militante de la causa contra los extranjeros que delinquen en el pa\u00eds, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[10392,6791],"class_list":["post-44360","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-politicia","tag-inmigraciones","tag-sergio-berni"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/44360","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=44360"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/44360\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=44360"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=44360"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/legislaturahoy.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=44360"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}