{"id":51198,"date":"2015-08-06T10:00:05","date_gmt":"2015-08-06T10:00:05","guid":{"rendered":"http:\/\/www.buenosairesdiario.com\/?p=51198"},"modified":"2015-08-06T00:00:15","modified_gmt":"2015-08-06T00:00:15","slug":"la-iglesia-presento-una-guia-de-procedimiento-ante-denuncias-de-abusos-sexuales-de-sacerdotes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/legislaturahoy.com\/?p=51198","title":{"rendered":"La Iglesia present\u00f3 una gu\u00eda de procedimiento ante denuncias de abusos sexuales de sacerdotes"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/noticiasbaires.com\/wp-content\/uploads\/2015\/08\/abuso-iglesia.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-full wp-image-51199\" title=\"abuso iglesia\" src=\"https:\/\/noticiasbaires.com\/wp-content\/uploads\/2015\/08\/abuso-iglesia.jpg\" alt=\"\" width=\"232\" height=\"136\" \/><\/a>La Conferencia Episcopal Argentina dispone, por primera vez en su historia, de una gu\u00eda que precisa c\u00f3mo deben proceder los obispos y las autoridades can\u00f3nicas en \u201ccasos de denuncias de abusos sexuales en los que los acusados sean cl\u00e9rigos y las presuntas v\u00edctimas menores de edad\u00bb.<\/p>\n<p>La gu\u00eda fue elaborada en respuesta a una exhortaci\u00f3n realizada en 2011 por el entonces papa Benedicto XVI.<\/p>\n<p>El secretario general de la CEA, Carlos Malfa, fue el encargado de presentarlo en el marco del curso \u201cLa Actuaci\u00f3n de la Curia en los Delitos Cometidos por Cl\u00e9rigos y Religiosos\u201d que se desarrolla en la Facultad de Derecho Can\u00f3nico de la Universidad Cat\u00f3lica Argentina.<\/p>\n<blockquote><p>En materia jur\u00eddico can\u00f3nico, las L\u00edneas-Gu\u00eda explican los distintos pasos del proceso que se desencadena en ese \u00e1mbito, cada vez que se recepta una denuncia de abuso sexual de un menor cometida por un cl\u00e9rigo<\/p><\/blockquote>\n<p>El objetivo del este protocolo es \u201corientar a los obispos en los supuestos que deban intervenir, en sus respectivas jurisdicciones, por haber recibido noticias veros\u00edmiles de la comisi\u00f3n de alguno de los delitos aqu\u00ed contemplados\u201d, explic\u00f3 Malfa<br \/>\nEl texto \u201cL\u00edneas-Gu\u00eda De Actuaci\u00f3n\u201d fue aprobado el 13 de abril de 2013 en el marco de la 105\u00b0 Asamblea Plenaria de la CEA, y recientemente recibi\u00f3 tambi\u00e9n el aval de la Santa Sede.<\/p>\n<p>El documento recuerda que el abuso sexual de menores no s\u00f3lo es un \u201cgrave pecado\u201d, sino tambi\u00e9n \u201cun grave delito\u201d tanto para el ordenamiento jur\u00eddico can\u00f3nico como para el C\u00f3digo Penal Argentino y que por lo tanto, si \u201cen una perspectiva moral, el pecado reclama el sincero arrepentimiento del pecador; en una perspectiva jur\u00eddica exige, adem\u00e1s, una justa pena\u201d.<\/p>\n<p>Pero \u201ccuando es cometido por un cl\u00e9rigo, el delito reviste una particular gravedad\u201d porque \u201cadem\u00e1s de lesionar la dignidad e integridad de la v\u00edctima, implica la profanaci\u00f3n del ministerio sagrado\u201d, por lo cual \u201chechos de esta naturaleza nos duelen y averg\u00fcenzan profundamente\u201d.<\/p>\n<p>\u201cLos obispos de Argentina compartimos plenamente y hacemos nuestra la preocupaci\u00f3n de los Romanos Pont\u00edfices en esta materia y adherimos sin reservas a los criterios de transparencia y de responsabilidad expresados en numerosas oportunidades por la Santa Sede\u201d, sostiene la gu\u00eda.<\/p>\n<p>No obstante, el texto advierte que \u201cla conducta inmoral de unos pocos no descalifica ni desmerece el abnegado servicio de la mayor\u00eda\u201d.<\/p>\n<p>El protocolo se divide en dos partes: la primera mitad se ocupa de la pr\u00e1ctica jur\u00eddica basada en el Derecho Can\u00f3nico, mientras que en la segunda se dan una serie de \u201corientaciones pastorales\u201d respecto al trato que debe dispensarse a v\u00edctimas y acusados, as\u00ed como respecto a medidas preventivas que pueden adoptarse al interior de la Iglesia para evitar nuevos casos.<\/p>\n<p>En materia jur\u00eddico can\u00f3nico, las L\u00edneas-Gu\u00eda explican los distintos pasos del proceso que se desencadena en ese \u00e1mbito, cada vez que se recepta una denuncia de abuso sexual de un menor cometida por un cl\u00e9rigo.<\/p>\n<p>En cuanto a la relaci\u00f3n con la Justicia secular, el texto aclara que \u201cen el debido respeto a la autonom\u00eda de ambos ordenamientos jur\u00eddico-penales\u201d, las autoridades can\u00f3nicas \u201ccooperar\u00e1n con la autoridad judicial secular seg\u00fan corresponda\u201d.<\/p>\n<p>El apartado \u201cOrientaciones Pastorales\u201d especifica que \u201clas v\u00edctimas presuntas o comprobadas de abusos sexuales y sus familias han de ser recibidas y escuchadas personalmente\u201d por las autoridades eclesi\u00e1sticas, al tiempo que prescribe que los sacerdotes acusados deben \u201cser tratados con prudencia y caridad fraterna, siguiendo la normativa can\u00f3nica y secular\u201d.<\/p>\n<p>Pero buena parte de esta secci\u00f3n est\u00e1 dedicada a las \u201cmedidas de prudencia\u201d que se deben adoptar para que tornar seguros los ambientes frecuentados por menores y \u201celiminar toda circunstancia que induzca a sospechar de la integridad moral de los cl\u00e9rigos\u201d.<\/p>\n<p>\u201cQue un cl\u00e9rigo nunca ocupe la misma tienda de campa\u00f1a con menores\u201d, que \u201cno permanezca a solas en recintos cerrados\u201d con ellos y que \u201csea advertido de la inconveniencia de expresiones de afecto que puedan ser malinterpretadas\u201d, recomienda el texto.<\/p>\n<p>En ese sentido, la gu\u00eda postula que \u201cuna especial atenci\u00f3n ha de ser dada a la selecci\u00f3n de los aspirantes\u201d al sacerdocio y \u201cmuy particularmente habr\u00e1 que evaluar la madurez afectiva de los candidatos\u201d.<\/p>\n<p>\u00abA trav\u00e9s de la aplicaci\u00f3n de estas L\u00edneas-gu\u00eda estamos protegiendo a los menores y ayudando a las v\u00edctimas a encontrar apoyo y reconciliaci\u00f3n; asimismo deben servir para dar unidad a la praxis de la Conferencia Episcopal\u201d, afirm\u00f3 monse\u00f1or Malfa.<\/p>\n<p>En mayo de 2011, la Congregaci\u00f3n para la Doctrina de la Fe, a instancias de Benedicto XVI, emiti\u00f3 una circular para ayudar a las Conferencias Episcopales en la preparaci\u00f3n de estas gu\u00edas, y en marzo de 2014 el papa Francisco instituy\u00f3 la Pontificia Comisi\u00f3n para la tutela de menores, con la misi\u00f3n de asesorarlo en la lucha contra este tipo de delito.<\/p>\n<p>telam.com.ar<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Conferencia Episcopal Argentina dispone, por primera vez en su historia, de una gu\u00eda que precisa c\u00f3mo deben proceder los obispos y las autoridades can\u00f3nicas en \u201ccasos de denuncias de abusos sexuales en los que los acusados sean cl\u00e9rigos y las presuntas v\u00edctimas menores de edad\u00bb. 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