{"id":61853,"date":"2017-01-05T10:00:12","date_gmt":"2017-01-05T10:00:12","guid":{"rendered":"http:\/\/www.buenosairesdiario.com\/?p=61853"},"modified":"2017-01-05T19:00:56","modified_gmt":"2017-01-05T19:00:56","slug":"en-2009-el-senado-le-dio-media-sancion-a-un-nuevo-regimen-penal-juvenil","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/legislaturahoy.com\/?p=61853","title":{"rendered":"En 2009 el Senado le dio media sanci\u00f3n a un nuevo R\u00e9gimen Penal Juvenil"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/noticiasbaires.com\/wp-content\/uploads\/2017\/01\/senado-argentina.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/noticiasbaires.com\/wp-content\/uploads\/2017\/01\/senado-argentina.jpg\" alt=\"\" title=\"senado argentina\" width=\"1772\" height=\"1181\" class=\"alignleft size-full wp-image-61854\" srcset=\"https:\/\/legislaturahoy.com\/wp-content\/uploads\/2017\/01\/senado-argentina.jpg 1772w, https:\/\/legislaturahoy.com\/wp-content\/uploads\/2017\/01\/senado-argentina-300x199.jpg 300w, https:\/\/legislaturahoy.com\/wp-content\/uploads\/2017\/01\/senado-argentina-1024x682.jpg 1024w\" sizes=\"auto, (max-width: 1772px) 100vw, 1772px\" \/><\/a>La iniciativa que llevaba a 14 a\u00f1os la edad de imputabilidad termin\u00f3 de ser aprobada en particular el 25 de noviembre. El proyecto hab\u00eda sido aprobado en general cuatro meses antes. Nunca lleg\u00f3 a ser tratado en Diputados.<\/p>\n<p>M\u00e1s vale tarde que nunca. Despu\u00e9s de que el proyecto de ley de Reforma Penal Juvenil pr\u00e1cticamente fuera a parar a un caj\u00f3n, final y sorpresivamente fue desempolvado y tratado en el Senado el 25 de noviembre de 2009, para darle la aprobaci\u00f3n en particular que faltaba.<\/p>\n<p>Faltaba su tratamiento en Diputados, pero ya entonces qued\u00f3 claro que no ser\u00eda ese a\u00f1o. No mereci\u00f3 el pedido de tratamiento \u00abexpress\u00bb que ameritaba a cada proyecto que interesa sobremanera al Gobierno kirchnerista, y por lo tanto se dijo que ser\u00eda abordado en la C\u00e1mara baja con su nueva composici\u00f3nm, el a\u00f1o siguiente. Cosa que no sucedi\u00f3.<\/p>\n<p>El proyecto aprobado por los senadores establec\u00eda sanciones para los menores que hubieran cometido delitos, que iban desde pedirles disculpas a los afectados hasta la privaci\u00f3n de la libertad.<\/p>\n<p>La salte\u00f1a Sonia Escudero, coautora de la norma, resalt\u00f3 en esa sesi\u00f3n que los j\u00f3venes entre 14 y 18 a\u00f1os de edad \u201ctendr\u00e1n ahora un tratamiento espec\u00edfico, distinto del de los adultos, que pone \u00e9nfasis en su reinserci\u00f3n en la sociedad\u201d.<\/p>\n<p>El texto aprobado era fruto del trabajo de m\u00e1s de 5 a\u00f1os de la salte\u00f1a Escudero (Salta-bloque justicialista 8 de Octubre), la mendocina Mar\u00eda Cristina Perceval (PJ-FpV) y el entonces senador radical Gerardo Morales (Jujuy), al que se le incorporaron aspectos de la iniciativa que tiempo atr\u00e1s presentaron el entonces ministro de la Corte Eugenio Zaffaroni y la acad\u00e9mica de la UBA Lucila Larrandart en Diputados.<\/p>\n<p>Escudero hizo hincapi\u00e9 durante el debate de ese 25 de noviembre en que \u201choy los j\u00f3venes est\u00e1n regidos por el decreto-ley 22.278 de 1980- cuya aplicaci\u00f3n ha tenido como resultado la discriminaci\u00f3n y privaci\u00f3n de libertad de los ni\u00f1os y j\u00f3venes pobres, e impunidad para aquellos provenientes de clases acomodadas\u201d. Entre los aspectos introducidos por la nueva norma la legisladora destac\u00f3: la limitaci\u00f3n de las penas; la incorporaci\u00f3n de todas las garant\u00edas previstas en la Convenci\u00f3n de los Derechos del Ni\u00f1o (especialmente el derecho de defensa, a ser o\u00eddo, a contar con una defensa t\u00e9cnica); y la posibilidad de implementar medios alternativos de soluci\u00f3n del proceso como la mediaci\u00f3n penal, la conciliaci\u00f3n, la suspensi\u00f3n del proceso, etc.<\/p>\n<p>Preve\u00eda, adem\u00e1s, la privaci\u00f3n de libertad en centro especializado con car\u00e1cter excepcional y como \u00faltimo recurso. En tal sentido, la legisladora cit\u00f3 las observaciones hechas por UNICEF en cuanto a que el aislamiento de una persona que est\u00e1 en proceso de formaci\u00f3n, lejos de promover cambios positivos en su conducta, contribuye a su desarraigo y a su \u201cdes-socializaci\u00f3n\u201d. \u201cCon el sistema que tenemos vigente, lo que estamos haciendo es fabricar delincuentes\u201d, sostuvo. El proyecto contemplaba, entonces, la privaci\u00f3n de la libertad del menor cuando no pueda lograrse la correcci\u00f3n por otro medio.<\/p>\n<p>La norma sancionada establec\u00eda en su primer art\u00edculo la baja de imputabilidad, y recibi\u00f3 el rechazo tan solo de la riojana Teresita Quintela, para quien esa postura \u00abretrotrae a tiempos de la dictadura\u00bb la discusi\u00f3n, convencida de que los ni\u00f1os \u00abser\u00e1n carne de ca\u00f1\u00f3n de las grandes bandas delictivas\u00bb.<\/p>\n<p>No obstante esas prevenciones, el proyecto recibi\u00f3 el apoyo general de los senadores, que establecieron as\u00ed la responsabilidad de los chicos menores de entre 18 y 14 a\u00f1os que cometan delitos.<\/p>\n<p>Seg\u00fan lo aprobado, en ning\u00fan caso una persona menor de 18 a\u00f1os a la que se le atribuyera la comisi\u00f3n de un delito podr\u00eda ser juzgada por el sistema penal general ni podr\u00eda atribuirsele las consecuencias previstas para las personas mayores.<\/p>\n<p>Quedaban exentas de responsabilidad penal las personas que al momento de cometer el delito que se les imputara no alcanzaran la edad de 14 a\u00f1os. Tampoco ser\u00edan imputables quienes tuvieran 14 o 15 a\u00f1os de edad y hubieran cometido delitos sancionados con multa, inhabilitaci\u00f3n o con pena m\u00ednima privativa de libertad inferior a tres a\u00f1os.<\/p>\n<p>Quedaban fuera de la responsabilidad penal quienes tuvieran 16 o 17 a\u00f1os y fueran sancionados con multa, inhabilitaci\u00f3n o con pena m\u00ednima privativa de la libertad inferior a dos a\u00f1os.<\/p>\n<p>Se establec\u00eda que toda persona menor de 18 a\u00f1os ten\u00eda derecho a que se respetara su vida privada y la de su grupo familiar.<\/p>\n<p>El proyecto tambi\u00e9n remarcaba que la privaci\u00f3n de la libertad de las personas menores de 18 a\u00f1os infractoras a la ley penal era \u00abla excepci\u00f3n y el \u00faltimo recurso\u00bb, y establec\u00eda que \u00abse privilegiar\u00e1 la permanencia de la persona menor de 18 a\u00f1os dentro de su grupo familiar\u00bb y que \u00aben caso de no existir este, deber\u00e1 darse intervenci\u00f3n a los \u00f3rganos administrativos de protecci\u00f3n de derechos del ni\u00f1o, ni\u00f1a y adolescentes\u00bb.<\/p>\n<p>Los menores deb\u00edan ser encarcelados en un centro especializado cuando al momento de la comisi\u00f3n del delito tengan 14 o 15 a\u00f1os de edad, declaradas penalmente responsables por delitos dolosos con resultado de muerte o por delitos contra la integridad sexual reprimidos con pena m\u00ednima superior a los cinco a\u00f1os de prisi\u00f3n o reclusi\u00f3n. El plazo m\u00e1ximo de esta sanci\u00f3n no pod\u00eda exceder de tres a\u00f1os.<\/p>\n<p>Parlamentario<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La iniciativa que llevaba a 14 a\u00f1os la edad de imputabilidad termin\u00f3 de ser aprobada en particular el 25 de noviembre. El proyecto hab\u00eda sido aprobado en general cuatro meses antes. Nunca lleg\u00f3 a ser tratado en Diputados. M\u00e1s vale tarde que nunca. 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