{"id":67762,"date":"2021-07-28T21:16:47","date_gmt":"2021-07-28T21:16:47","guid":{"rendered":"http:\/\/www.buenosairesdiario.com\/?p=67762"},"modified":"2021-07-28T21:17:22","modified_gmt":"2021-07-28T21:17:22","slug":"67762-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/legislaturahoy.com\/?p=67762","title":{"rendered":"65 veces fue a ver al presidente en  cuarentena !!!"},"content":{"rendered":"<p>Las cr\u00edticas al presidente <a href=\"https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/politica\/alberto-fernandez-llego-peru-asistir-ceremonia-asuncion-pedro-castillo.phtml\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><strong>Alberto Fern\u00e1ndez<\/strong><\/a>\u00a0por las visitas a la\u00a0<a href=\"https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/actualidad\/difunden-redes-sociales-documentos-sobre-ingresos-quinta-de-olivos.phtml\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><strong>Quinta de Olivos<\/strong><\/a>\u00a0en plena cuarentena pasaron de las redes sociales al plano judicial. Luego de que se conocieran los numerosos ingresos de la modelo y actriz\u00a0<a href=\"https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/actualidad\/quien-es-sofia-pacchi-la-modelo-que-visito-la-quinta-de-olivos-mas-de-60-veces.phtml\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><strong>Sof\u00eda Pacchi<\/strong><\/a>\u00a0a la residencia presidencial, el jefe de Estado fue denunciado penalmente para que se investigue el presunto incumplimiento de los deberes de funcionario p\u00fablico.<\/p>\n<p>La presentaci\u00f3n judicial, a la que accedi\u00f3 PERFIL, fue realizada este mi\u00e9rcoles 28 de julio por los militantes de Republicanos\u00a0Unidos Abril Fern\u00e1ndez Soto y Marcos Longoni, y patrocinada por el abogado Juan Mart\u00edn Fazio.<\/p>\n<div class=\"teads-inread sm-screen\">\n<div>\n<div class=\"teads-ui-components-label\"><\/div>\n<div id=\"teads0\" class=\"teads-player\"><\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"http:\/\/fotos.perfil.com\/\/2021\/07\/28\/900\/0\/denuncia-alberto-fernandez-sofia-pacchi-28072021-1210287.jpg\" alt=\"denuncia alberto fernandez sofia pacchi 28072021\" width=\"728\" height=\"500\" \/><\/p>\n<p>En la denuncia, se enumeran algunas de las visitas que realiz\u00f3 Pacchi a Olivos entre 2020 y 2021, algunas en plena vigencia de la fase 1 de la cuarentena ante la pandemia de Covid-19, y denuncian que la actriz y modelo fuera designada en la Secretar\u00eda General de la Presidencia.<\/p>\n<p>Los militantes libertarios y su abogado reclaman que se investigue si Alberto Fern\u00e1ndez y Sof\u00eda Pacchi incurrieron en \u00abconducta deliberada, intencional y dolosa sobre la violaci\u00f3n de medidas adoptadas por la autoridad competente para impedir la introducci\u00f3n o propagaci\u00f3n de una epidemia\u00bb.<\/p>\n<h2><strong>La denuncia completa contra Alberto Fern\u00e1ndez por las visitas a Olivos<\/strong><\/h2>\n<p><em>DENUNCIAN DELITOS TIPIFICADOS EN LOS ARTS. 205 Y 248 DEL C\u00d3DIGO PENAL<\/em><\/p>\n<p><em>Sr Juez:<\/em><\/p>\n<p><em>ABRIL FERN\u00c1NDEZ SOTO, DNI 42.587.206 y MARCOS LONGONI, DNI: 43.082.353, con el patrocinio letrado del Dr. JUAN MART\u00cdN FAZIO, T 69 F 495 CPACF, constituyendo domicilio electr\u00f3nico 20234695739, a V.S., respetuosamente, nos presentamos y decimos:<\/em><\/p>\n<p><em>I.- OBJETO: Que venimos a formular denuncia penal contra el Se\u00f1or Presidente de la Naci\u00f3n, ALBERTO FERN\u00c1NDEZ, y contra la Sra. SOF\u00cdA PACCHI, por reiteradas violaciones a las normas dispuestas en el marco de la declaraci\u00f3n de pandemia de la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud, la Emergencia Sanitaria declarada por el Decreto N\u00ba 260\/20 y sus modificatorios, y dem\u00e1s normas complementarias, teniendo en cuenta las informaciones period\u00edsticas y constancias de ingreso a la Residencia Presidencial de Olivos, seg\u00fan los hechos y el derecho que a continuaci\u00f3n se exponen:.<\/em><\/p>\n<p><em>II.- HECHOS: Seg\u00fan surge de notas period\u00edsticas publicadas en diversos medios de comunicaci\u00f3n, y a partir de una investigaci\u00f3n iniciada por el sitio web EL DISENSO, \u201c\u2026 Sof\u00eda Pacchi ingres\u00f3 a la Quinta de Olivos el d\u00eda 2 de abril de 2020 a las 22 horas y se retir\u00f3 a las 00:11 am, seg\u00fan inform\u00f3 Pagni. Luego volvi\u00f3 el 14 de julio de 2020, llegando a las 21:46 y retir\u00e1ndose a la 1:44am. Las fechas corresponden al cumplea\u00f1os de Alberto Fern\u00e1ndez y al de su pareja, Fabiola Ya\u00f1ez.\u201d.<\/em><\/p>\n<p><em>Cabe destacar, asimismo, que seg\u00fan lo informado por los medios de comunicaci\u00f3n, dichas visitas ser\u00edan s\u00f3lo una muestra de un total de 65, y ambas tuvieron lugar con anterioridad a que la denunciada SOF\u00cdA PACCHI fuera designada funcionaria p\u00fablica, el 31 de agosto de 2020, en un cargo de planta permanente de la Secretar\u00eda General de la Presidencia.<\/em><\/p>\n<p><em>III.- ENCUADRE LEGAL: En primer lugar nuestra Carta magna recepta el Derecho a la Salud en los art\u00edculos 14 bis, 33, 42, art 75 inc. 18 y 19, y en tratados de Derechos Humanos incorporados como en la Convenci\u00f3n Americana sobre Derechos Humanos \u2013Pacto de San Jos\u00e9 de Costa Rica, 1969, que en su art\u00edculo 4\u00ba habla sobre el derecho a respetar la vida, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol\u00edticos -1966- en su art\u00edculo 6\u00ba, Declaraci\u00f3n Universal de Derechos Humanos -1948- , Convenci\u00f3n Internacional sobre la Eliminaci\u00f3n de todas las Formas de Discriminaci\u00f3n Racial -1965-, Declaraci\u00f3n americana de los Derechos y Deberes del Hombre -1948- en su art. 1\u00ba, Convenci\u00f3n de los Derechos del Ni\u00f1o -1989-, en su art. 24\u00ba, Pacto Internacional de los Derechos Econ\u00f3micos, Sociales y Culturales-1966. Tambi\u00e9n entran en juego los art\u00edculos de nuestra CN 14 sobre libre circulaci\u00f3n, 16 sobre el principio de igualdad ante la ley, y el 19 respecto a la esfera de intimidad personal.<\/em><\/p>\n<p><em>Respecto a la tipicidad en materia penal y conforme la rese\u00f1a de los hechos anteriormente efectuada en el PUNTO II, solicito se investigue si la conducta del Sr. Presidente ALBERTO FERN\u00c1NDEZ y de la Sra. SOF\u00cdA PACCHI, encuadran dentro del Art\u00edculo 205 CP en cuanto a la conducta deliberada, intencional y dolosa sobre la violaci\u00f3n de medidas adoptadas por la autoridad competente para impedir la introducci\u00f3n o propagaci\u00f3n de una epidemia.<\/em><\/p>\n<p><em>N\u00f3tese que, en el caso del denunciado ALBERTO FERN\u00c1NDEZ, permiti\u00f3 en el contexto de la ASPO (AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO) las visitas no autorizadas de la Sra. SOF\u00cdA PACCHI a la quinta presidencial, y que la denunciada SOF\u00cdA PACCHI, por su parte, realiz\u00f3 dichas visitas no permitidas por las normas vigentes.<\/em><\/p>\n<p><em>Asimismo, se solicita se investigue si las conductas anteriormente mencionadas no pudieran resultar en una violaci\u00f3n de los deberes de los funcionario p\u00fablico, teniendo presente que el Art. 248 in fine establece la tipicidad de las acciones del funcionario que no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere.<\/em><\/p>\n<p><em>El Art. 205 del CP tiene una indudable claridad cuando reprime la VIOLACION DE MEDIDAS PARA IMPEDIR UNA EPIDEMIA. La disposici\u00f3n proviene a la letra del Proyecto de 1891 (Art. 243), que reprodujo el de 1906 bajo el t\u00edtulo Violaci\u00f3n de medidas antiepid\u00e9micas (Art.222). En la Exposici\u00f3n de motivos del primero de estos proyectos se dice: El C\u00f3digo, en el Art\u00edculo 299, reprime a los que violaren la cuarentena. La misma raz\u00f3n existe para reprimir a todos los que violaren cualesquiera medidas sanitarias destinadas a impedir la introducci\u00f3n o propagaci\u00f3n de una epidemia.<\/em><\/p>\n<p><em>Citamos: \u201cDebe tratarse de medidas tendientes a impedir una epidemia humana (\u2026) La ley se refiere expresamente a las medidas adoptadas por las autoridades competentes, entendida esta \u00faltima expresi\u00f3n en el sentido amplio de autoridad nacional, provincial o municipal, facultada para dictar normas generales o particulares tendientes a evitar la introducci\u00f3n o propagaci\u00f3n de una epidemia. En este sentido debe se\u00f1alarse que la naturaleza del peligro o la posibilidad de propagaci\u00f3n, son del exclusivo resorte de las autoridades que disponen la medida, sin que esos aspectos puedan ser alegados por quien las viola\u201d (Tratado de Derecho Penal, Tomo VI Parte Especial, Carlos Font\u00e1n Balestra, Abeledo \u2013 Perrot, Buenos Aires, 1969, p\u00e1gs. 368 y 369).<\/em><\/p>\n<p><em>Fue el mismo Exmo. Sr. Presidente de la Naci\u00f3n, quien en referencia al caso del ciudadano llegado de Estados Unidos que golpe\u00f3 a un guardia en Vicente L\u00f3pez, en conferencia de prensa expres\u00f3 que ser\u00eda inflexible en el cumplimiento de la ley, perseguir\u00eda penalmente a los trasgresores y llam\u00f3 a ser solidarios con el pr\u00f3jimo cumpliendo con las medidas sanitarias. Tambi\u00e9n es motivo de mi preocupaci\u00f3n y la urgencia en la presentaci\u00f3n de la presente denuncia, que como ciudadano las acciones lesivas a la Salud Publica me afectan. Es inaceptable que el m\u00e1s importante representante de la Naci\u00f3n Argentina, quien por otro lado fue quien p\u00fablicamente impuls\u00f3 la toma de medidas sanitarias e incluso firm\u00f3 el Decreto de Necesidad y Urgencia 297\/2020 de \u201cAislamiento Social Preventivo y Obligatorio\u201d, y sus modificatorios haya violado las disposiciones sanitarias impuestas a toda la poblaci\u00f3n, llegando al extremo de introducir en su quinta a una modelo en horario nocturno.<\/em><\/p>\n<p><em>IV.- PETITORIO: Por todo lo expuesto, a V.S. solicitamos:<br \/>\nI.- Se tenga por formulada la presente denuncia.<br \/>\nII.- Se corra vista al Sr. Fiscal a fin de que formule un requerimiento de instrucci\u00f3n de acuerdo a lo reglado por el Art. 180 del CPPN y se ordenen las medidas probatorias que estime necesarias, a fin de acreditar la responsabilidad penal de los autores y participes, en su caso, por el hecho denunciado.<\/em><\/p>\n<p><em>Proveer de conformidad<\/em><\/p>\n<p><em>SER\u00c1 JUSTICIA.<\/em><\/p>\n<div class=\"embed-responsive embed-responsive-16by9 gdriveContainer\"><iframe class=\"embed-responsive-item\" src=\"https:\/\/drive.google.com\/file\/d\/1PfU9tt9hVY_gy2VtPfrMv5PjakLZ75x4\/preview\" allowfullscreen=\"allowfullscreen\" data-mce-fragment=\"1\"><\/iframe><\/div>\n<p>JD\/FL<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las cr\u00edticas al presidente Alberto Fern\u00e1ndez\u00a0por las visitas a la\u00a0Quinta de Olivos\u00a0en plena cuarentena pasaron de las redes sociales al plano judicial. 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