{"id":75611,"date":"2026-04-23T13:09:24","date_gmt":"2026-04-23T13:09:24","guid":{"rendered":"https:\/\/legislaturahoy.com\/?p=75611"},"modified":"2026-04-23T13:09:24","modified_gmt":"2026-04-23T13:09:24","slug":"eliminacion-de-las-paso-ficha-limpia-y-cambios-en-los-partidos-ingreso-por-el-senado-la-reforma-electoral","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/legislaturahoy.com\/?p=75611","title":{"rendered":"Eliminaci\u00f3n de las PASO, Ficha Limpia y cambios en los partidos: Ingres\u00f3 por el Senado la Reforma Electoral"},"content":{"rendered":"\n<p>La norma impulsada por Javier Milei contempla un total de 78 art\u00edculos que entre, varios puntos, busca modificar la Ley Org\u00e1nica de los Partidos Pol\u00edticos. La propuesta tambi\u00e9n cambia el modo de elecci\u00f3n de los representantes del Parlasur.<\/p>\n\n\n\n<p>Tras el anuncio del presidente de la Naci\u00f3n y su posterior firma, ingres\u00f3 este mi\u00e9rcoles por la tarde en Mesa de Entradas del Senado el proyecto de ley de Reforma Pol\u00edtica. La iniciativa propone la eliminaci\u00f3n de las Elecciones PASO, modificaciones a la Ley Org\u00e1nica de los Partidos Pol\u00edticos y tambi\u00e9n Ficha Limpia.<\/p>\n\n\n\n<p>El texto fue firmado por&nbsp;<strong>Javier Milei<\/strong>&nbsp;ni bien arrib\u00f3 a la Argentina desde Israel y contempla un total de 78 art\u00edculos que buscan modificar el C\u00f3digo Electoral de la Naci\u00f3n.&nbsp;Fuentes confirmaron a&nbsp;<strong>parlamentario.com<\/strong>&nbsp;que los giros de comisi\u00f3n se conocer\u00e1n a primera hora del jueves.<\/p>\n\n\n\n<p>La propuesta del Poder Ejecutivo contempla dos textos que ya han sido enviados por el Gobierno nacional en ocasiones anteriores: la reforma para el fortalecimiento electoral de noviembre del 2024 que termin\u00f3 suspendiendo las Primarias del 2025; y la ficha limpia que no alcanz\u00f3 la mayor\u00eda absoluta en mayo del 2025.<\/p>\n\n\n\n<p>Con varios proyectos acumulados (Reforma a Ley de Salud Mental, Discapacidad e Inviolabilidad de la Propiedad Privada), fuentes de la C\u00e1mara alta deslizaron que esta nueva modificaci\u00f3n al C\u00f3digo Electoral se tratar\u00e1 con tiempo. Es decir, su debate podr\u00eda extenderse a lo largo del per\u00edodo, sobre todo, teniendo en cuenta que falta m\u00e1s de un a\u00f1o para las elecciones generales del 2027.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Los detalles del proyecto<\/h3>\n\n\n\n<p>Dividido en siete T\u00edtulos, el primero apunta a modificar la Ley Org\u00e1nica de los Partidos Pol\u00edticos (23.398) e inhabilitar para ser candidatos a cargos p\u00fablicos electivos nacionales a personas condenadas en segunda instancia, dictada antes del 31 de diciembre del a\u00f1o anterior a la celebraci\u00f3n de las elecciones nacionales. Tampoco permite la candidatura de personas condenadas por delitos dolosos.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, este cap\u00edtulo crea el 33 bis y propone que la C\u00e1mara Nacional Electoral lleve un Registro P\u00fablico de Ficha Limpia donde consten las sentencias de segunda instancia confirmadas. Tambi\u00e9n hace modificaciones a la caducidad de la personer\u00eda jur\u00eddica de los partidos pol\u00edticos en casos donde no se realicen internas en el t\u00e9rmino de cuatro a\u00f1os y la no presentaci\u00f3n de dos elecciones nacionales consecutivas.<\/p>\n\n\n\n<p>Sobre la personer\u00eda jur\u00eddica de los partidos pol\u00edticos, la norma impulsada por el gobierno libertario establece el requerimiento de un padr\u00f3n de afiliados superior al 0,5% del padr\u00f3n electoral; para el reconocimiento a nivel nacional exige un 0,10 del Registro Nacional de Electores; y la conservaci\u00f3n debe tener la representaci\u00f3n en al menos diez distritos (actualmente se requieren cinco).<\/p>\n\n\n\n<p>Entre los motivos que derogan la personer\u00eda jur\u00eddica de los partidos nacionales est\u00e1 propuesto en la iniciativa que se d\u00e9 en casos donde no sea alcanzado el 3% en el resultado final de dos elecciones nacionales consecutivas. El marco normativo vigente establece el piso del 2%.<\/p>\n\n\n\n<p>En el segundo T\u00edtulo, el Gobierno nacional vuelve a la carga con un viejo anhelo de campa\u00f1a: la eliminaci\u00f3n definitiva de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultaneas y Obligatorias (PASO). La tarea no ser\u00e1 sencilla para el oficialismo debido a que los bloques aliados son quienes se oponen a la derogaci\u00f3n. Seg\u00fan fuentes consultadas por este medio, la alternativa podr\u00eda ser que se apunte a una nueva suspensi\u00f3n como ocurri\u00f3 en 2025.<\/p>\n\n\n\n<p>En cuanto al dise\u00f1o de la Boleta \u00danica de Papel, herramienta implementada por primera vez en las elecciones de 2025, el Poder Ejecutivo propone que se incorpore un casillero en blanco \u201cpr\u00f3ximo al nombre y s\u00edmbolos identificatorios de la agrupaci\u00f3n pol\u00edtica para votar con una \u00fanica marca por todas las candidaturas de las diferentes categor\u00edas de cargos electivos incluidas en la misma columna\u201d, es decir, la posibilidad de votar lista completa.<\/p>\n\n\n\n<p>Uno de los t\u00edtulos m\u00e1s extensos del proyecto es el que se refiere a la reforma de la Ley de Financiamiento de los Partidos Pol\u00edticos (N\u00b0 26.215). Uno de los cambios establece que \u201clos partidos pol\u00edticos podr\u00e1n optar por la renuncia al aporte p\u00fablico anual que les correspondiere\u201d. Tal renuncia \u201cdeber\u00e1 comunicarse de manera fehaciente al Ministerio del Interior y se presumir\u00e1 que tiene un plazo de vigencia de un a\u00f1o\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Otra de las modificaciones indica que los partidos deber\u00e1n destinar no menos de un 10% de lo que reciban del aporte p\u00fablico anual \u201cal financiamiento de actividades de capacitaci\u00f3n para la funci\u00f3n p\u00fablica, formaci\u00f3n de dirigentes e investigaci\u00f3n\u201d. Actualmente es el 20%.<\/p>\n\n\n\n<p>En cuanto a las prohibiciones de financiamiento privado, no se podr\u00e1n recibir contribuciones o donaciones de personas humanas o jur\u00eddicas que se encuentren condenadas o procesadas por lavado de activos, narcotr\u00e1fico, contrabando, asociaci\u00f3n il\u00edcita, delitos contra el Estado, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p>Respecto al l\u00edmite de recursos privados, tanto para el desenvolvimiento institucional por a\u00f1o calendario como en cada campa\u00f1a electoral, los partidos no podr\u00e1n recibir \u201cun monto superior al 35% del que surja de multiplicar el valor del m\u00f3dulo electoral por la cantidad de electores registrados al 31 de diciembre del a\u00f1o anterior\u201d. Actualmente ese l\u00edmite es del 2%, con lo cual implica una fuerte suba.<\/p>\n\n\n\n<p>Aparece, tambi\u00e9n, la modificaci\u00f3n en la elecci\u00f3n de los parlamentarios del Mercosur que propone que sea la C\u00e1mara de Diputados quien se encargue de la designaci\u00f3n de las bancas bajo la premisa de respetar la proporcionalidad de los bloques pol\u00edticos. Los designados no cobrar\u00e1n una dieta adicional por la nueva funci\u00f3n, pero tendr\u00e1n la cobertura de los vi\u00e1ticos.<\/p>\n\n\n\n<p id=\"caption-attachment-436548\"><strong><em>El Gobierno quiere que los representantes del Parlasur sean elegidos por la C\u00e1mara de Diputados.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El ante\u00faltimo t\u00edtulo deroga el art\u00edculo 74 de la Ley de Servicios Audiovisuales que obligaba a los medios de comunicaci\u00f3n a cumplir con los requisitos de publicidad pol\u00edtica y la cesi\u00f3n de los espacios en la programaci\u00f3n durante las campa\u00f1as electorales conforme a la Ley Electoral. En s\u00edntesis, los programas de televisi\u00f3n no estar\u00e1n obligados a transmitir spots de campa\u00f1a electoral.<\/p>\n\n\n\n<p>Por \u00faltimo, el T\u00edtulo VII de la Reforma Electoral pone como fecha m\u00e1xima al mi\u00e9rcoles 30 de junio del 2027 como fecha tope para que los partidos pol\u00edticos cumplan con los nuevos requisitos de personer\u00eda jur\u00eddica.<\/p>\n\n\n\n<p>Parlamentario.com<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La norma impulsada por Javier Milei contempla un total de 78 art\u00edculos que entre, varios puntos, busca modificar la Ley Org\u00e1nica de los Partidos Pol\u00edticos. La propuesta tambi\u00e9n cambia el modo de elecci\u00f3n de los representantes del Parlasur. 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