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Cambios en el Código de Tránsito

La Legislatura aprobó este jueves una modificación al Código de Tránsito y Transporte que habilita la posible retención de licencias de conducir por un plazo de 40 días corridos.

El proyecto modifica la ley Nº 2.148 y fue presentado por la legisladora Raquel Herrero, perteneciente al bloque PRO.

El cambio acordado habilita la retención de licencias por un plazo de 40 días seguidos, sanción que puede ampliarse en caso de que el conductor supere los límites de alcohol en sangre establecidos.

El código modificado también contempla aumentar la reprimenda en el caso de que se supere la velocidad máxima permitida en más de 40 kilómetros por hora, cuando se viole la prohibición de paso indicada por un semáforo o, en el caso de que el infractor se desplace en una motocicleta, no utilice correctamente el casco reglamentario.

Una larga discusión surgió entre el cuerpo legislativo en torno al inciso 6, el cual se refiere a la sanción en caso de que el conductor se encuentre bajo la influencia del alcohol o de cualquier sustancia que altere su aptitud para conducir.

Tanto la diputada Diana Maffía (Coalición Cívica) como Eduardo Epszteyn (Frente Progresista y Popular), plantearon que el texto no especificaba cuáles eran las sustancias que alteraban la capacidad de manejar. El legislador de Proyecto Sur, Jorge Selser, doctorado en medicina, respondió que «la lista de drogas, tanto legales como ilegales, que producen alteraciones que pueden entorpecer la conducción de un vehículo es infinita».

Finalmente, se decidió dividir el inciso y dejar sólo el segmento referente al alcohol.

También se aplicará la retención de licencia cuando se circule por el carril exclusivo correspondiente al Metrobús, por las ciclovías o en caso de que el conductor de un vehículo cruce las vías férreas mientras las barreras estén bajas o el paso no esté expedito.

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