Este jueves (28/7) el Gobierno nacional reglamentó la ley de reparación histórica para jubilados y el blanqueo de capitales a través de los decretos 894 y 895, publicados en el Boletín Oficial. Se trata de la puesta en funcionamiento de la gran apuesta de Mauricio Macri para conseguir activos baratos antes de fin de año antes de apelar a tomar deuda cara. Será también un termómetro de la confianza generada por su gobierno así como una herramienta clave para enfrentar la crisis mientras la inflación sigue sin contención efectiva, el gasto sube y se demora la reactivación de la economía.
Por Urgente24
Finalmente, a una semana de su promulgación, se reglamentó el blanqueo de capitales mediante la publicación del decreto 895, publicado este jueves (28/7) en el Boletín Oficial. El régimen de sinceramiento fiscal, al que Macri apuesta en buena parte el futuro de la economía a partir de la obtención de activos baratos antes de apelar a un caro endeudamiento exterior, tiene como objetivo financiar el pago de sentencias a jubilados y pensionados.
Aún resta que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el Banco Central (BCRA), la Anses y la Comisión Nacional de Valores (CNV) difundan sus normativas sobre el Régimen de Sinceramiento Fiscal.
Aquí la normativa publicada en el Boletín Oficial y a continuación un repaso por el análisis de varios medios:
Infobae, hace hincapié en quienes tienen juicios por bienes o activos no declarados:
Aún falta que la AFIP, el Banco Central, la ANSES y la Comisión Nacional de Valores den a conocer sus propias regulaciones sobre la norma, el Decreto 895 del Ministerio de Hacienda ya deja algunos indicios sobre cómo funcionará el sistema.
La principal novedad es la posibilidad que se dará de acceder al blanqueo a aquellas personas que hoy estén en juicio por poseer bienes o activos no declarados.
El decreto también amplía la fecha límite de preexistencia de los activos no declarados.
La reglamentación ratifica además los principales puntos de los dos bonos pensados para aquellas personas que ingresen al blanqueo aprobado por el Congreso: un bono en dólares a tres años, intransferible y con 0% de interés (a adquirirse desde el 30 de septiembre) y otro bono en dólares a siete años, intransferible y no negociable durante sus primeros cuatro años con un 1% de interés (a adquirirse a partir del 31 de diciembre).
Diario BAE, destaca el valor del dólar:
AFIP tomará como referencia el dólar a $14,70 para valuar las tenencias de moneda extranjera. Es el tipo de cambio del Banco Nación del día que se promulgó el blanqueo.
El mercado financiero espera especialmente la resolución de la CNV porque evacuará varias dudas que se mantienen en la city: si los bonos a tres y siete años tendrán cupo, si se permitirá invertir en un fondo de renta fija en primer año antes de direccionar los fondos exteriorizados a la economía real y si se permitirá la suscripción de los bonos desde el exterior.
El periodista Ismael Bermúdez en Clarín:
En la AFIP destacan que aunque hay plazo hasta el 31 de marzo de 2017 para adherir al Régimen de Sinceramiento Fiscal, hay plazos más cortos. Por ejemplo, la regularización a través de la compra del bono a 3 años debe hacerse antes del 30 de septiembre, y en el caso del dinero en efectivo debe ser depositado en una cuenta bancaria especial antes del 31 de octubre. Para la suscripción del bono a 7 años hay plazo hasta el 31 de diciembre de 2016.
La compra del bono a 3 años no devenga interés (cupón 0), es intransferible y no negociable y el contribuyente queda exento del pago del impuesto. El dinero en efectivo en moneda nacional o extranjera queda blanqueado si se deposita en una cuenta especial bancaria antes del 31 de octubre y deben quedar en dicha cuenta durante 6 meses, pudiendo liberar parte o todo ese dinero si el contribuyente compra un bien registrable, como una propiedad o auto.
El blanqueo de dinero en efectivo paga un impuesto del 10% antes del 31 de diciembre o del 15% entre enero y marzo de 2017, salvo que el monto blanqueado total sea inferior a los $ 305.000 (equivalente a unos 20.000 dólares). En este caso no paga impuesto, mientras si el monto es inferior a $ 800.000,- (unos. u$s 50.000,-) por el total blanqueado se paga la tasa del 5 % Se permite que el impuesto del 10% o del 15% pueda ser abonado con una parte depósito blanqueado.
Por su parte, quienes blanqueen dinero depositado en alguna entidad financiera o títulos en el exterior no están obligados a ingresarlos al país, debiendo pagar la tasa del 10% (antes del 31 de diciembre) o 15% (entre enero y marzo 2017).
Agencia Noticias Argentinas entrevistó al consultor económico Gabriel Rubinstein:
El director de la consultora Rubinstein y Asociados pronosticó que el blanqueo de capitales será «exitoso», aunque advirtió que el gobierno «no podrá cumplir» las metas de inflación y déficit fiscal proyectadas para el fin de su mandato.
Aclaró que «no se puede saber a cuánto llegará» el blanqueo de capitales, al sostener que se «debe conocer la reglamentación final, para saber si permanece la tesitura positiva de alentar la participación».
Estimó que el blanqueo «va a superar» los 60.000 millones de dólares, al considerar que «hay un contexto de factores internacionales favorables».