La iniciativa fue presentada por un grupo de legisladores del Gen. El Registro funcionará bajo la órbita del Ministerio de Justicia. En el mismo, se dejarán los datos detallados de la mercancía secuestrada y se los cargará a una red informática, a modo de información y consulta para los investigadores.
Un grupo de legisladores del Gen presentaron un proyecto de ley en donde se establece la creación del Registro Nacional de Drogas Ilegales Incautadas, en el ámbito del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos. En el mismo, se asentarán los datos de los estupefacientes secuestrados y dicha información será dirigida a la autoridad competente.
Los firmantes son Fabián Peralta, Gerardo Milman, Margarita Stolbizer, Virginia Linares y Omar Duclos y aseguran entre sus fundamentos que se trata de una de las problemáticas “primordiales” de las que debe ocuparse el Estado: “Para dar una idea de cantidades, hasta octubre de 2009 se incautaron 72 toneladas de marihuana y otras siete toneladas de cocaína”.
Acorde a lo estipulado en la legislación vigente, la droga incautada debe ser inmediatamente incinerada tras la prosecución de las causas. “Sin embargo, hasta el momento no hay ningún mecanismo que nos permita saber de forma fehaciente cual es el destino final de la droga confiscada” y por eso decidieron extremar las medidas.
En este sentido, el artículo 3 otorga un plazo de 10 días a las autoridades competentes (poderes judiciales y fuerzas de seguridad) a partir del secuestro de la mercancía para elaborar un informe elevado al Registro en el que conste lugar y fecha del allanamiento, cantidad y tipo de droga y datos de los testigos participantes, entre otros.
Por otra parte, para asegurar la agilidad en el entrecruzamiento de datos, “se establecerá la creación de un apropiado Sistema Informático que se implementará bajo la órbita del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humano”, según consta en el artículo 4° que servirá a modo de “intercambio de información y consulta”.
Para finalizar, en el 6° apartado obliga la destrucción de las drogas incautadas, procedimiento que “se llevará a cabo en el lugar y por los métodos que el juez de la jurisdicción interviniente establezca”.