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El porteño que no vote el domingo, no podrá hacerlo en octubre

La jueza federal con competencia electoral María Servini de Cubría ratificó la presión impuesta para que los ciudadanos que viven en la ciudad voten en la primarias. La resolución dictada por la magistrada argumentó que la iniciativa busca asegurar la participación de los porteños, varios sectores la cuestionaron por limitar un «derecho» y porque esa opción no está escrita en la ley electoral.

La jueza federal con competencia electoral María Servini de Cubría ratificó que los habitantes de Capital Federal que no vayan a votar el 14 de agosto y no tramiten una justificación tampoco podrán hacerlo en octubre y abrió la polémica en los partidos políticos, en la justicia electoral y en el Gobierno.

Si bien la magistrada argumentó que la iniciativa busca asegurar la participación en las primarias, varios sectores la cuestionaron por limitar un «derecho» y porque esa opción no está escrita en la ley electoral.

En una resolución que se conoció en el Palacio de Tribunales, Servini ratificó: «Aquellos ciudadanos que no cumplan su deber de sufragar en las próximas elecciones internas, abiertas, simultáneas y obligatorias y no justifiquen su omisión, en el plazo de 60 días, no podrán votar en las elecciones generales del 23 de octubre de 2011, en el distrito Capital Federal».

«El artículo 45 de la Ley 26.571 establece que sólo pueden participar de las elecciones generales aquellas agrupaciones que hayan obtenido como mínimo un total de sufragios igual o superior al 1,5 por ciento de los votos válidamente emitidos», recordó la magistrada.

En ese sentido, la jueza justificó su decisión en el peligro de evitar un «vaciamiento» de la votación primaria, lo que implicaría posiblemente que varios partidos se vean imposibilitados de presentarse a las generales de octubre por no reunir ese porcentaje mínimo de respaldos.

«Debo velar con extrema dedicación por el cumplimiento de la obligación constitucional de votar, en el entendimiento de que el principal bien jurídico a tutelar es el sistema democrático, que se consagra mediante la participación popular de los ciudadanos que eligen libremente a sus gobernantes», aclaró Servini.

En dos carillas, Servini señaló que el artículo 37 de la Constitución Nacional y el artículo 12 del Código Electoral Nacional «imponen al elector el deber de votar en las elecciones nacionales de su distrito».

«No votar impide al infractor realizar cualquier gestión o trámite durante un año ante los organismos estatales nacionales, provinciales o municipales, como asimismo que no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección», agregó la jueza en la resolución que también está firmada por el secretario electoral Martín Rosendo Segui.

Si bien esos castigos siempre existieron para los electores que no concurren a las urnas, la nueva disposición de Servini, que sólo rige en Capital Federal, abrió una polémica en torno a la potestad que tiene la jueza para decidir sobre quien podrá votar o no el 23 de octubre.

Fuentes de la Dirección Nacional Electoral aseguraron que la medida «no tiene antecedentes» y que tampoco «está en la ley» que rige los comicios.

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