Buenos Aires, 11 feb (PL) Argentina continuó el reforzamiento de los controles para impedir el encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo con una nueva disposición de la Unidad de Información Financiera (UIF), publicada hoy en el Boletín Oficial.
La norma de la UIF establece pautas para la detección de activos de origen delictivo en las actividades cambiarias, las cuales deberán implementar los bancos, financieras, y toda persona física o jurídica autorizada por el Banco Central.
Estos requerimientos deberán aplicarse tanto para la compraventa de divisas bajo forma de dinero o de cheques extendidos en divisas, como en la transmisión de fondos dentro y fuera del territorio nacional.
La resolución de referencia (la número 37 de ese organismo) obliga a conformar un legado de identificación del cliente que realice operaciones por 500 mil pesos (unos 125 mil dólares) al año o más.
Ese expediente, precisa el texto reseñado por la agencia de noticias Télam, tendrá que incluir la información intercambiada con el oficial de cuenta a través de medios electrónicos o epistolares.
El procedimiento de identificación del cliente deberá reforzarse en casos de «presunta actuación por cuenta ajena» y cuando las personas físicas utilicen a personas jurídicas como empresas pantalla para realizar sus operaciones.
Del mismo modo, se profundizarán los controles sobre los fideicomisos, las estructuras de las sociedades, y en las transacciones a distancia.
Con relación a las transferencias electrónicas de fondos, sean nacionales o extranjeras, la normativa dispone que la entidad deberá recabar información precisa del remitente o receptor, así como del intercambio de mensajes e información digital enviados.
La Unidad de Información Financiera, que posee autarquía funcional en jurisdicción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, fue creada en el año 2000 al amparo de la Ley 25.246 de encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo.