A través de la Resolución 41, publicada ayer en el Boletín Oficial, la UIF (Unidad de Información Financiera) obliga a los registros de la Propiedad Inmueble a informar las operaciones de compra o venta de inmuebles, con especial seguimiento a “las inscripciones sucesivas sobre un mismo inmueble en un plazo de dos años, cuando la diferencia entre el precio de la primera operación y de la última supere 30%”.
También se investigará a aquellas personas que inscriban varios inmuebles en el plazo de un año.
Los escribanos e inmobiliarias deberán pedir una declaración jurada sobre la legalidad de los fondos empleados para las operaciones.
Hasta ahora, esa declaración se pedía cuando la operación superaba los 500 mil pesos.
El plazo que las inmobiliarias tendrán para informar sobre operaciones sospechosas de lavado de dinero será de 30 días desde el momento en el que se concreta la operación o se intenta hacerla.
Y en el caso de operaciones sospechosas de financiamiento al terrorismo, el plazo se reduce a 48 horas. Por otro lado, a través de la Resolución 39, también publicada ayer en el Boletín Oficial, la UIF obliga a los despachantes de aduana, a los agentes de transporte aduanero, a los importadores y exportadores, a implementar políticas de “identificación y conocimiento del cliente” y pedir una declaración jurada sobre el origen y legalidad de los fondos que se vayan a utilizar para las operaciones, una copia del balance en caso de que se trate de una empresa, y la documentación respaldatoria que permita establecer la situación patrimonial y financiera de la compañía.
Por otro lado, la documentación identificatoria del cliente debería ser guardada por al menos 10 años.
Fuente: clarin.com